Ni en Michoacán ni en CDMX se legalizó el aborto hasta los 9 meses

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Por Melina Barbosa

En redes sociales circulan publicaciones que anuncian que el Congreso de Michoacán legalizó el aborto hasta los nueve meses de gestación y que, en Ciudad de México, Morena presentó una iniciativa que también busca legalizar el aborto hasta los nueve meses.

Sin embargo, esto es falso; las reformas solo contemplan la despenalización hasta las 12 semanas de embarazo.

Hasta el momento, ningún estado de la República Mexicana ha legalizado la interrupción del embarazo de manera voluntaria después de las 12 semanas y seis días, es decir, después de los tres meses de embarazo.

«Oigan en Michoacán legalizaron el aborto hasta los 9 meses. Como si nada. Es la nueva agenda de la muerte de Morena, sus aliados y otros no tan aliados que buscan hacerse notar. Como si no hubiera suficiente sangre derramada en este México», se lee en varias publicaciones de Facebook y X (antes Twitter).

En el Congreso del Estado de Michoacán, con 27 votos a favor, 6 en contra y 3 abstenciones, se aprobó despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación.

De igual forma, se cambió la pena de prisión a 6 meses a 1 año de trabajo comunitario y se dejó el delito de aborto forzado en cualquier etapa de la gestación con penas de prisión (10 a 20 años sin violencia, de 20 a 40 años con violencia e inhabilitación de la profesión).

Es importante precisar que no es lo mismo despenalización que legalización, pues lo primero retira del ámbito penal la conducta de interrumpir intencionalmente el embarazo, mientras que lo segundo implica aprobar leyes y recursos públicos para que el aborto sea una práctica segura y accesible en los centros de salud.

    • aborto
      Fuente: Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE)

Qué se legisló en Michoacán

La desinformación viral afirma que la supuesta legalización del aborto hasta los nueve meses estaría establecida en el artículo 146 de la reforma al Código Penal local.

Sin embargo, la enmienda publicada en el Periódico Oficial de Michoacán únicamente enlista las causales específicas que protegen de ser criminalizadas a las mujeres y personas con capacidad de gestar que lleguen a abortar, así como al personal de salud y de acompañamiento que lo realice, sin importar el número de semanas de gestación:

I. Sea producto de violación.

II. Se realice por razones médicas.

III. Sea producto de un procedimiento de fecundación asistida sin consentimiento de la mujer, adolescente, niña o persona gestante.

IV. La mujer, adolescente, niña o persona gestante se encuentre en una situación económica precaria.

V. Se demuestre que la mujer, adolescente, niña o persona gestante, solicitó la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación y que el acceso a dicho servicio fue negado o prorrogado por personal de atención a la salud.

VI. Sea por causa de accidente o conducta imprudencial.

De acuerdo con el dictamen, a quien llegue a abortar después de la doceava semana sin estar justificados bajo una de las anteriores causales se le impondrá una pena de servicio comunitario de seis meses según el artículo 142, y también se podrá sancionar al personal de salud que haya practicado dicho aborto.

Michoacán es la décima quinta entidad que adopta la sentencia de la Suprema Corte que en 2021 declaró inconstitucionales las leyes que criminalizan el aborto.

Dicho fallo de la Suprema Corte ha servido para que los estados puedan homologar sus legislaciones o eliminar los artículos que sancionan el aborto.

Sin embargo, la realidad es que hasta la fecha se sigue obstaculizando este derecho reproductivo, pues los sistemas de salud no ofrecen el servicio y en los estados el aborto se sigue denunciando como un delito a las fiscalías locales.

Estas denuncias provienen, en su mayoría, de parejas, familiares, conocidos y hasta el personal médico, quienes amenazan a las mujeres y personas gestantes con denunciar el aborto sin importar si fue inducido o espontáneo.

Sobre la iniciativa que busca despenalizar el aborto en CDMX

La diputada América Rangel y la senadora Lilly Tellez, ambas del Partido Acción Nacional (PAN), afirmaron que «legalmente se podría abortar incluso un día antes del nacimiento y esto no sería castigado» y que “Morena ya aprobó el dictamen que despenaliza el aborto hasta un minuto antes de nacer”.

BULOS 10

Pero la iniciativa presentada por la diputada morenista Yuriri Ayala busca despenalizar la interrupción del embarazo en la Ciudad de México con la eliminación del concepto de aborto del Código Penal para que ninguna mujer o persona con capacidad de gestar tenga que ir a la cárcel por tener este procedimiento médico, en cualquier etapa de su embarazo.

Contrario a lo que señalan Rangel y Tellez, durante el primer trimestre del embarazo hay muchas posibilidades médicas y personales por las que se requieren abortos, y un día antes del parto no es aborto, sino parto inducido.

Por otro lado, el aborto espontáneo es la pérdida repentina de un embarazo antes de la semana 20 y aproximadamente entre el 10% y el 20% de los embarazos terminan en aborto espontáneo.

En conclusión

A nivel nacional, ningun estado ha legalizado interrumpir el embarazo de manera voluntaria después de las 12 semanas y seis días.

De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana 046, las causales de riesgo a la vida de la mujer o persona gestante o del producto, riesgo a la salud física o psicológica de la persona gestante o que se trate de una víctima de una agresión permiten acceder al servicio médico del aborto sin importar el periodo en el que se encuentren.

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