EN CORTO:
- El 21 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo del IMSS sobre la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (Modalidad 40)
- El acuerdo establece cambios para nuevas incorporaciones: el Salario Base de Cotización ya no podrá elegirse libremente hasta 25 UMAs, sino que será el último salario registrado ante el IMSS más 1 UMA.
- Además, se eliminan los pagos retroactivos, por lo que la cotización inicia desde la fecha de solicitud.
Según explicó el titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, quienes se inscribieron a este régimen antes del 21 de octubre de 2026 conservarán semanas y salario base.
Por Debanhi Soto
El 21 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) relativo a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, un esquema que solía ser conocido como Modalidad 40.
La Modalidad 40 es un esquema que permite a los trabajadores y trabajadoras seguir acumulando semanas de cotización ante el IMSS a pesar de ya no tener una relación laboral formal.
El acuerdo que se publicó en el DOF el 21 de octubre contempla nuevas medidas para las personas que se integren a la Modalidad 40 como cambios en el salario base de cotización y la eliminación de posibilidad de pagos retroactivos.
Ante el anuncio, en redes sociales y medios de comunicación hubo alarmismo y confusión con narrativas que afirmaban que la Modalidad 40 había desaparecido o que ya no sería un esquema de seguridad vigente.
En Verificado, te explicamos de qué se trata el acuerdo y qué cambios contempla hacia la Modalidad 40.
¿Qué es la modalidad 40 y cómo cambiaron tras la publicación del Acuerdo?
La Modalidad 40 es una opción del IMSS que permite que las personas sin un empleo formal puedan seguir cotizando ante el instituto por su cuenta, mantener su vigencia de derechos, ahorrar en su cuenta individual del Afore e incrementar su pensión de retiro por cesantía en edad avanzada o vejez.
En México, hay dos sistemas de pensiones válidos: Ley 73 (que aplica para quienes entraron a un empleo formal antes del 1 de julio de 1997) y Ley 97 (destinado a quienes empezaron a cotizar ante el IMSS después del 1 de julio de 1997).
En la Ley 73, el Gobierno Federal paga directamente una pensión vitalicia a los trabajadores que se retiran por edad avanzada (después de los 60 años). El monto de la pensión que recibe cada persona depende del salario promedio cotizado durante las últimas 250 semanas (5 años).
Por lo que perder el empleo, trabajar en la informalidad o tener un sueldo muy bajo en los años previos al retiro puede afectar a las personas ya que disminuye el salario promedio y se frena la acumulación de semanas cotizadas.
En ese sentido, la Modalidad 40 o Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del IMSS permitía que una persona sin relaciones laborales vigentes y con al menos 52 semanas (un año) acreditadas en el Régimen Obligatorio, siga acumulando semanas de cotización IMSS con un Salario Base.
Para los Ley 73, también se podía incrementar el monto de pensión con esta modalidad ya que el Salario Base de Cotización (bajo el cual se van a calcular las aportaciones obrero-patronales) estaba a elección del trabajador mientras no superara el valor de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) mensuales (89 mil 155.5 pesos a precios de 2026).
Con el acuerdo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026 esta disposición cambia, ya que ahora el salario base bajo el cual se cotice la pensión debe ser el último salario registrado ante el IMSS más una UMA máxima.
Por ejemplo, bajo el esquema anterior, una persona con un salario diario de 500 pesos podía elegir cotizar en su Modalidad 40 con un salario base de mil pesos durante los últimos años de su carrera laboral para que su monto de retiro fuera mayor.
Pero con el nuevo acuerdo del 21 de octubre de 2026, esto no se podría hacer ya que la persona tendría que declarar su salario base (de 500 pesos diarios) y lo máximo que podría incrementarlo es con el valor de una UMA diaria (117. 31 pesos).
¿Qué más cambió con el Acuerdo publicado en el DOF?
Además de los límites en el salario escogido para base de cotización, el acuerdo publicado en el DOF también expone que se eliminan los pagos retroactivos para regularizar periodos anteriores mediante este esquema.
Es decir, la Modalidad 40 anterior permitía que los trabajadores se incorporaran a la Continuación Voluntaria y pagaran todas las cuotas correspondientes a meses anteriores para “recuperar” las semanas de cotización.
Bajo la normativa vigente actual el inicio de cotización es desde la fecha de solicitud y no se pueden pagar retroactivos.
Otro cambio importante es que a partir del 22 de octubre de 2026, las personas dadas de alta en la Modalidad 10 no podrán pagar además la Modalidad 40.
La Modalidad 10 o Incorporación Voluntaria para Trabajadores Independientes tiene el objetivo de que personas que laboren por cuenta propia puedan acceder a la seguridad social integral y sumar semanas cotizadas para su retiro a pesar de no tener una relación laboral formal.
¿Y qué pasa con quienes ya tenían Modalidad 40?
En un video publicado en las cuentas oficiales del IMSS, Eduardo Alcaraz Prous, Titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social explica que quienes se inscribieron a la modalidad 40 antes del 21 de octubre de 2026 mantendrán sus semanas cotizadas y su salario base de cotización.
Las medidas que se agregaron a partir del 21 de octubre afectarían exclusivamente a nuevos trabajadores que se integren al esquema de continuación voluntaria.
“La Modalidad 40 del IMSS no desaparece y quienes estén inscritos no perderán sus derechos (…) ¿Qué pasa con quienes ya están inscritos? Nada cambia para ellos, se respetarán sus semanas cotizadas, sus aportaciones y las condiciones con las que fueron incorporados” declaró Alcaraz Prous en el video.
#Modalidad40 no desaparece. 💚 Quienes ya están inscritos conservarán sus semanas cotizadas, aportaciones y condiciones de incorporación. Para nuevas inscripciones, se actualizan las reglas para fortalecer la transparencia y proteger los derechos pensionarios. https://t.co/bguZYk7klH
— IMSS (@Tu_IMSS) October 21, 2026
De igual manera, en el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación se expone que “Las personas que, a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, se encuentren inscritas en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permanecerán en dicha modalidad, en las condiciones actuales, hasta la conclusión del periodo que tengan contratado”.
Fuentes | Links
- El Economista | IMSS aclara dudas sobre la Modalidad 40 y límites en la inscripción
- Cambios en modalidad 40 | IMSS
- Hablemos de la modalidad 40 del IMSS | PENSIONISSTE
- 21 de octubre de 2026 | DOF
- Si dejaste de cotizar al IMSS, la Modalidad 40 te permitirá pensionarte | PENSIONISSTE
- Modalidad 10 vs Modalidad 40 del IMSS: ¿Cuál te conviente? | SURA
- Valor de la UMA | INEGI
- Video Modalidad 40 | IMSS



