En Corto:
- Claudia Sheinbaum señaló que la CURP Biométrica es un trámite importante pero que no es obligatorio. Esto es falso.
- La CURP Biométrica sí será obligatoria, de acuerdo con las reformas de julio de 2025 a la Ley General de Población, que la establecen como documento nacional de identificación requerido para realizar trámites y servicios en todo el país.
- Aunque la ley habla de “consentimiento” para registrar huellas y fotografía, especialistas en derechos digitales advierten que se trata de un consentimiento forzado, ya que las personas no podrán negarse si quieren acceder a sus derechos.
Por Debanhi Soto
En Ciudad de México se hizo la apertura de un módulo piloto para tramitar la CURP Biométrica, una nueva forma de identificación que fue aprobada en julio como parte del paquete de reformas en materia de lucha contra la desaparición de personas.
Si bien, los registros para la CURP Biométrica iniciarán oficialmente en octubre de 2025, en redes sociales resurgió la narrativa de que el trámite de la CURP Biométrica no es obligatorio.
Esta narrativa incluso fue retomada por la presidenta en su mañanera del 24 de julio cuando declaró que si bien hacer el trámite de la CURP Biométrica es importante, no se puede “obligar a alguien a que lo haga”.
“A nadie se le puede obligar que lo haga (trámite de la CURP Biométrica). Claro que nosotros que es importante que se haga, porque ayuda en muchos temas (…) Estamos orientando a que se haga, pero a nadie se le obliga a que lo haga” dijo la presidenta Sheinbaum.
No obstante, las reformas aprobadas a la Ley General de Población sí señalan que la CURP Biométrica pretende ser el documento nacional de identificación obligatorio y es necesaria para realizar trámites.
¿Qué dice la Ley sobre la obligatoriedad de la CURP Biométrica?
El 16 de julio se reformó la Ley General de Población en la que se agregan varios apartados al Artículo 91. Este artículo, originalmente decía que cuando una persona se incorpora al Registro Nacional de Población, tendrá una Clave Única de Registro de Población (CURP).
La CURP constaba de 18 caracteres que se designan basándose en los nombres y apellidos de la persona registrada, su fecha y lugar de nacimiento, su género y su nacionalidad.
Como parte de la reforma a la Ley General de Población, se agregó el Artículo 91 Bis en el que se establece que a los datos previstos se agregarán las huellas dactilares y fotografía de la persona registrada de manera que la CURP sea “el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional”.
Asimismo en el Artículo 91 Sexies se expone que la CURP (con datos biométricos) debe ser empleada en procesos de validación y autenticación de la identidad de las personas en plataformas electrónicas.
En el mismo artículo también se explica que todas las instituciones públicas y privadas están obligadas a pedir la CURP para ofrecer trámites y servicios.
La CURP Biométrica se basa en consentimiento forzado y coaccionado
En el Artículo 91 Bis de la Ley General de Población se establece que la Secretaría de Gobernación recopilará los datos biométricos a través de la transferencia de datos biométricos que ya tengan otras autoridades y de centros en los cuales las personas pueden acudir a registrar sus biométricos.
Si bien, la ley expone que la integración de los datos biométricos se realizará con el consentimiento de las personas, especialistas en derechos digitales señalan que al ser una medida obligatoria, no existe un consentimiento real, sino un consentimiento forzado.
En entrevista con la unidad de fact checking de Animal Político, Agneris Sampieri, analista de políticas públicas para Latinoamérica en Access Now, organización dedicada a la defensa de derechos digitales; señaló que la CURP se está planteando como una necesidad para las personas por lo que el consentimiento pasa a segundo plano.
“Es una práctica que podemos nombrar como consentimiento forzado. No puedes decir que no porque todo está siendo proyectado para que (la CURP) sea necesaria para tu día a día. No es una verdadera manifestación de la voluntad de las personas” explicó la especialista en derechos digitales.
Aunque digan que no, la CURP biométrica será un documento obligatorio que, además de ser una herramienta de vigilancia masiva, creará un problema de exclusión en México.
🚨👇🏽 pic.twitter.com/uBZEfzW0Bd
— R3D (@R3Dmx) August 3, 2025
En un comunicado, la Red por la Defensa de los Derechos Digitales (R3D) argumentó que aunque las iniciativas hablan del “consentimiento” para el registro de los datos biométricos, en realidad se trata de una farsa porque las personas se ven coaccionadas a autorizar el uso de sus datos como una condicionante para acceder a sus derechos.
“Al obligar a las personas a utilizar exclusivamente la CURP como documento de identidad y al exigir que todo ente público y particular requiera la CURP para cualquier trámite y servicio, las personas se verán condicionadas a “autorizar” o “consentir” el tratamiento de sus datos biométricos bajo coerción para el ejercicio de derechos, lo cual vulnera el principio de consentimiento” expone el comunicado de R3D.
Además, en el Artículo 114 Bis se expone que habría multas de entre 10 mil y 20 mil Unidades de Medida y Actualización (es decir de un millón 131 mil 400 pesos a 2 millones 262 mil 800 pesos) para las autoridades y particulares que no colaboren con la Secretaría de Gobernación para transferir los datos y facilitar el registro biométrico.
LINKS| FUENTES:
- CURP Biométrica: Actualización de lugares en donde ya se puede tramitar el documento | El Informador
- Ley General de Población
- La CURP Biométrica obligatoria y la plataforma única de identidad consolidará un sistema autoritario de vigilancia masiva en México | R3D
- Lograr el consentimiento ciudadano y bases de datos en riesgo, retos de la CURP Biométrica | Animal Político
- Claves de las leyes que crean un sistema de vigilancia masiva en México | Verificado
- UMA | INEGI