Verdadero que todas las líneas telefónicas deban estar vinculadas a una persona a partir de 2026

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EN CORTO

  • A partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas telefónicas móviles en México deberán estar registradas a una persona física o moral.
  • El registro podrá hacerse de forma presencial o remota, y las compañías deberán habilitar plataformas para vincular, desvincular y consultar líneas asociadas a cada usuario.
  • Expertos y organizaciones advierten que, aunque la medida busca prevenir delitos, registros similares han fallado antes y podrían poner en riesgo los datos personales de las personas usuarias.

Por Debanhi Soto

En redes sociales como Facebook y X (antes Twitter) circula una narrativa sobre que debido a una nueva ley, las y los mexicanos deben registrar sus datos personales a sus líneas de teléfono para evitar que sean suspendidas. Esto es verdadero.

El 8 de diciembre, la Comisión Reguladora de Telecomunicación aprobó los lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles los cuales dicen que a partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas telefónicas móviles deberán estar asociados a una persona física o moral. 

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Esta medida fue parte de lo que se incluyó en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. En Verificado te explicamos qué significa este trámite y cómo realizarlo:

¿Qué necesito para vincular mi línea telefónica?

En los lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles publicados el 9 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se expone que para que una línea telefónica móvil pueda tener servicio, esta debe estar siempre vinculada a un titular y así prevenir el uso de líneas telefónicas para cometer delitos como la extorsión.

Una línea telefónica deshabilitada solo puede ser usada para realizar llamadas a números de emergencia y de atención ciudadana, así como para recibir mensajes de emergencia del sistema de alertas nacional.

De acuerdo a los lineamientos, las personas físicas deben vincular su línea telefónica con una identificación oficial vigente que contenga la CURP como la credencial de elector o el pasaporte. En el caso de personas morales (empresas o asociaciones civiles por ejemplo) se requiere el RFC y la identificación oficial del representante legal de la institución. 

Además, las personas físicas tienen un límite de diez líneas telefónicas móviles que pueden ser vinculadas. Aunque existen excepciones para personas físicas con actividad empresarial que cuenten con una constancia de situación fiscal que lo acredite. 

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¿Qué procedimiento debe seguirse para vincular la línea telefónica?

El procedimiento de vinculación se puede realizar de manera presencial o remota. En la vinculación presencial, el titular de la línea debe acudir a un centro de atención del proveedor de su servicio de teléfono móvil con su identificación donde se hará el trámite de validación de identidad. 

En caso de que el o la titular prefiera hacer el trámite de forma remota, los lineamientos indican que cada empresa proveedora debe habilitar una Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles desde la cual se debe capturar la identificación oficial y dar una prueba de vida para vincular la línea telefónica con la identidad de la persona. 

Asimismo, de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles en la que se puedan vincular o desvincular líneas telefónicas, los proveedores de telefonía móvil deben también habilitar una Plataforma de Consulta en la que los usuarios puedan consultar qué líneas están vinculadas a ellos. 

Registros de usuarios de telefonía móvil ya se han usado antes sin resultados satisfactorios

Bajo el argumento que contar con un registro de usuarios de telefonía móvil prevendría delitos como el secuestro y la extorsión, se propuso el actual registro de usuarios de telefonía móvil. 

Pero, otros antecedentes similares ya se han descartado por su ineficiencia para disminuir la delincuencia y por poner en riesgo los datos personales de los usuarios. 

En el sexenio de Felipe Calderón se creó el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENAUT), pero en vez de disminuir la incidencia de secuestros y extorsiones, estos aumentaron en un 8% y 20%. 

Además, la base de datos fue vulnerada dejando expuestos los registros telefónicos y la ubicación geográfica de los usuarios de telefonía móvil que estuvieron a la venta en el mercado ilegal.

En 2021, también se creó un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), sin embargo, fue suspendido un año después por la Suprema Corte de Justicia al ser considerado una afectación a los derechos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales.

Respecto al nuevo sistema de identificación de líneas telefónicas móviles, la Red por la Defensa de los Derechos Digitales (R3D) señaló en un comunicado que el registro no elimina el problema de raíz y que en cambio, puede vulnerar la información biométrica de las y los usuarios ya que aunque el registro solo pide la CURP, esta estará asociada a los datos biométricos.

“El registro de líneas telefónicas sería eludible mediante múltiples técnicas y mecanismos que son actualmente utilizadas para la suplantación de números telefónicos, tales como: la clonación y duplicación de tarjetas SIM, el uso de tarjetas SIM de otras jurisdicciones en las que no existe un registro (como Estados Unidos), la utilización de servicios de voz sobre IP (VOIP), el robo de teléfonos móviles, entre otros” expone un comunicado de R3D.


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