Por Debanhi Soto
El 28 de agosto, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard y la presidenta Claudia Sheinbaum presentaron un decreto mediante el cual se suspende la importación temporal de calzado para favorecer la industria nacional.
Esta medida causó confusión en redes sociales, pues usuarios y comunicadores difundieron que esta decisión afectaría los precios de marcas de calzado internacionales como Adidas, Nike, Vans y Timberland y que ya no se podrían importar a México.
Sin embargo, en realidad se trata de una suspensión al sistema de “importación temporal” mediante el cual, un producto no paga los impuestos correspondientes al comercio exterior debido a que solo estará en el país por tiempo limitado y con una finalidad específica antes de irse a otro país extranjero (exportarse).
Es decir que mediante la importación temporal pueden entrar bienes en producción sin impuestos ya que se espera que pasen por una transformación o un periodo limitado en el país y se exporten sin llegar al mercado interno, o sea, que no se vendan dentro del país.
Marcelo Ebrard, señaló en la mañanera del 28 de agosto que la decisión de suspender la importación temporal para el calzado terminado se tomó tras detectar que entraban productos terminados en el régimen de importación temporal para evadir los impuestos del régimen de importación definitiva y venderse en el mercado local en vez de exportarse a otros países.
¿Qué es el Decreto IMMEX y por qué se menciona en la prohibición de importación temporal de calzado?
El Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX) es un instrumento publicado originalmente en Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de noviembre de 2006 y que permite importar temporalmente productos que serán usados en un proceso industrial y que después serán exportados.
El programa IMMEX contempla beneficios en los trámites de aduana y un diferimiento en el pago de impuestos para incentivar las importaciones de productos que se transformen en México y después se vendan al extranjero.
El Decreto que se publicó el 28 de agosto en el DOF agrega al Anexo I del Decreto IMMEX productos de calzado terminado que no pueden importarse temporalmente.
Es importante destacar que esto no implica que ya no se puedan importar zapatos terminados a México, solo que la entrada al país se debe hacer mediante el régimen de importación definitiva, el cual permite la adquisición de mercancía extranjera con la finalidad de permanecer en el territorio por tiempo ilimitado.
En resumen los bienes que entran al país por el régimen de “importación temporal» no pagan impuestos porque se espera que tengan una estancia limitada y después se vendan al extranjero. En cambio, los productos que entran como “importación definitiva” pagan impuestos ya que pueden venderse en el mercado interno y permanecer en el país.
¿Por qué se hizo este decreto?
En un posicionamiento de la Cámara Nacional de la Industria del Calzado (CANAICAL) se explica que las importaciones de calzado terminado al amparo del Decreto IMMEX pasaron de 3.79 millones de pares en 2022 a más de 40 millones en 2024 sin que hubiera evidencias de que los zapatos estaban abandonando el país.
Esta situación, según la CANAICAL y la Cámara de la Industria del Calzado del Estado de Guanajuato (CICEG) no permitía la competencia equitativa y justa entre las productoras nacionales y las extranjeras que evaden sus responsabilidades fiscales.
“Durante años (se) alertó a la autoridad federal sobre el uso indebido de este esquema, el cual permitió que productos importados con beneficios fiscales -originalmente diseñados para el esquema de maquila de exportación- se desviaran al mercado nacional sin cumplir con sus obligaciones fiscales, generando así competencia ilegal, evasión fiscal, cierre de empresas y pérdida de empleos formales” dice el comunicado que publicaron CANAICAL y CICEG.
En el decreto publicado en el DOF el 28 de agosto también se explica que en 2021, por cada par de zapatos importado dentro del IMMEX se exportaban alrededor de 6.6 pares. Sin embargo, en 2024 esa proporción cayó a menos de un par exportado por cada par importado, lo que indica que el calzado que entra bajo el régimen temporal no se está exportando como debería ser si no que se queda en el mercado mexicano.
Además, las empresas que evaden sus responsabilidades fiscales mediante la “importación temporal” no solo competían injustamente con productos mexicanos, sino también con otros productos extranjeros que se adquieren mediante el régimen de “importación definitiva” y que deben pagar impuestos aduanales.
¿Van a subir los precios de los zapatos Nike, Adidas o Reebok?
Hasta el momento, el equipo de Verificado, no identificó si Nike, Adidas, Reebok o qué marcas de zapatos están haciendo las adquisiciones de sus productos terminados mediante el régimen de importación temporal o si pagan el impuesto aduanero.
Sin embargo, la medida sí podría impactar el precio del calzado que se importaba por el régimen temporal ya que ahora para que pueda ingresar al país tendrá que pasar por el régimen de importación definitiva y pagará impuestos que podrían aumentar el precio de producto.
Fuentes | Links
- Posicionamiento de la Cámara del Calzado
- Industria Manufacturera Maquiladora y de Servicios de Exportación | Secretaría de Economía
- Versión estenográfica mañanera 28 de agosto de 2025
- DOF del 28 de agosto
- Importación Temporal | Sistema Electrónico de Aduanas
- Ley Aduanera
- Guía rápida de importación de mercancías a México | SHCP
- Importación definitiva | SAT
- Acerca de IMMEX | Secretaría de Economía