- Un video en X y TikTok acusa a la presidenta Claudia Sheinbaum de censurar a la Iglesia por no permitir que den difusión a candidaturas de la elección judicial.
- La difusión de candidaturas por parte de una revista católica es inconstitucional, ya que el artículo 130 de la Constitución prohíbe a los ministros religiosos participar en actos de propaganda política.
- Las candidaturas de la elección judicial no pueden pagar publicidad en medios ni recibir apoyo de partidos, funcionarios o líderes religiosos.
Por Debanhi Soto
En redes sociales como X (antes Twitter) y Tiktok circula un video en el que se acusa a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo de censura por negarle a la Iglesia Católica hacer propaganda antes de la elección judicial, sin embargo, la no injerencia de las religiones en actos de proselitismo es una norma constitucional.
“Nuevamente Claudia, nuevamente Morena atacando y censurando a la iglesia. Muchos decían que esta portada y este anuncio que estábamos dando de la censura por parte de Claudia Sheinbaum Pardo, de parte de Morena en contra de la iglesia católica muchos decían que era simplemente una fake news y claro que no es fake news” dice el inicio del video viral en redes sociales.
Después del mensaje inicial, el video reproduce un fragmento de la mañanera del 27 de marzo de 2025 en la que un reportero le pregunta a la presidenta su opinión sobre un proyecto del semanario Desde la Fe (asociado a la Arquidiócesis Primada de México) en el que se le daría difusión a algunas candidaturas de la elección judicial.
En la conferencia matutina, la presidenta mencionó que la Iglesia no podía hacer propaganda de la elección judicial y que la publicidad en sí debe ser controlada por el Instituto Nacional Electoral.
“Ya contestó la presidenta del INE: No puede. Una cosa es que ellos promuevan que va a haber elección el 1º de junio, que sería muy bueno; todas las organizaciones debemos promover la participación política, pero ya la parte de la propaganda de un candidato o de otro, tiene que ser regida por los criterios del Instituto Nacional Electoral” dijo la presidenta Sheinbaum Pardo en su conferencia.
En Tiktok, el video desinformante cuenta con 4 mil likes, se ha compartido más de 700 veces y tiene un alcance de 201 mil visualizaciones. En los comentarios del video se impulsan narrativas sobre que “México vive una etapa de represión contra la iglesia” o que “estamos ante una nueva guerra cristera”.
Que la Iglesia promocione una candidatura es anticonstitucional
Desde la Fe es el medio de comunicación de la Arquidiócesis Primada de México (correspondiente a gran parte de la Ciudad de México), se trata de una revista en la que se comparten noticias relacionadas a la religión, de cultura sacramental y editoriales de ministros o sacerdotes.
El 23 de marzo, la revista católica publicó un artículo de opinión en el que convocaron a que las personas con una candidatura a un puesto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, enviaran un video de un minuto y medio en el que hablaran sobre su trayectoria y visión de justicia, para que el semanario compartiera la información con fines de “conocimiento y consulta” del electorado.
Sin embargo, esta acción es inconstitucional. De acuerdo al artículo 24 de la Constitución Mexicana, todas las personas tienen libertad de participación y asociación a la iglesia, culto o religión de su preferencia mientras no se incurra en delito, pero no se puede usar los actos públicos de expresión religiosa con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
También, en el artículo 130 de la Constitución se explica que los ministros de cualquier culto o religión no pueden asociarse con fines políticos o hacer proselitismo a favor o en contra de ningún candidato, partido o asociación política.
La propuesta de la Iglesia Católica de “compartir información” sobre ciertas candidaturas, es un acto de proselitismo y por ello, no es legal que se realice.
En 2014, hubo una controversia similar en el que la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación resolvió que era constitucional prohibir que los ministros de la iglesia hicieran proselitismo ya que el país es laico y se debe proteger el sufragio universal, libre y directo.
El 29 de marzo de 2025, la revista Desde la Fe aclaró en un artículo que el medio no asumirá el rol de recibir, gestionar, ni moderar contenidos de las y los candidatos para no violar las reglas electorales.
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Por qué canales se puede hacer propaganda para la elección judicial
En los lineamientos de la elección judicial, el INE explica que las candidaturas no pueden comprar anuncios en radio o televisión ni pagar publicidad en medios impresos (espectaculares o volantes), en prensa o en redes sociales.
Los partidos políticos, las personas servidoras públicas o los ministros de culto tampoco podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de alguna candidatura.
Las personas candidatas podrán participar en entrevistas de carácter noticioso o en foros de debate gratuitos organizados por el sector público, privado o social durante el periodo de campañas que va del 30 de marzo al 29 de mayo.
Para difundir las propuestas, trayectoria y visión de la justicia, el INE creó la plataforma Conocéles en la que comparte información sobre cada candidatura.
Links | Fuentes:
- Versión estenográfica. Conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo del 27 de marzo de 2025
- Elección del Poder Judicial 2025 | INE
- Sistema Conóceles | INE
- Preguntas Frecuentes de la Elección del Poder Judicial | INE
- Hoy inician campañas de candidaturas a elección del Poder Judicial de la Federación | INE
- Es constitucional la prohibición de que los ministros de culto hagan proselitismo | TEPJF
- Constitución Mexicana
- La elección de la Nueva Corte y los Derechos Humanos | Desde la Fe
- Para tener buenos jueces hay que conocer a los candidatos | Desde la Fe