Por Debanhi Soto
Gilberto Lozano González, fundador del Frente Nacional Anti-AMLO (FRENA), afirmó en sus redes sociales que el Instituto Electoral de Nuevo León avaló la consulta popular sobre si se debería “independizar” el estado de la federación, pero esto es falso.
Lozano, es uno de los principales promotores del movimiento “Nuevo León independiente”, una narrativa que insiste en que el estado norteño debe salir de la Federación basándose en argumentos falsos.
Sin embargo, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadano de Nuevo León (IEEPCNL) no aprobó que se hiciera el plebiscito, en realidad lo que informó es que sí se cumplen con todos los requisitos necesarios y de ser considerada viable por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, la consulta podrá realizarse el primer domingo de 2026.
Es decir, que el plebiscito propuesto por Gilberto Lozano con la pregunta “Dada la situación de México y los cambios radicales al pacto federal firmado por Nuevo León ¿estarías de acuerdo que el estado de Nuevo León fuera un país independiente?” no es un hecho que se vaya a realizar y todavía debe cumplir una serie de requisitos para su ejecución.
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¿Qué es un plebiscito y qué debe cumplir?
El plebiscito es un mecanismo de participación ciudadana en el cual mediante una consulta popular directa a los votantes, se decide algún asunto.
En la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León se explica que una consulta popular (en cualquiera de sus modalidades como plebiscito o referendum) debe ser solicitada por el Poder Ejecutivo Estatal o Municipal, el Congreso del Estado o el 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.
Las personas interesadas en presentar una petición de consulta popular deben avisar sus intenciones a quien presida el IEEPCNL después de lo cual la autoridad electoral emitirá una constancia que acredite la presentación del aviso de intención y un formato para la obtención de firmas de apoyo del 2% del padrón electoral.
Es en esta etapa que está la propuesta de plebiscito de Gilberto Lozano. En la sesión ordinaria del IEEPCNL del 16 de diciembre fue aceptado el aviso de intención de consulta y se avaló el formato electrónico para que Lozano González pueda obtener firmas de apoyo ciudadano a través de la aplicación móvil del INE.
“En el proyecto de acuerdo que se propone se determina que en caso de cumplir con los requisitos necesarios para su presentación y de ser considerada viable por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León, la misma deberá tener verificativo el primer domingo de agosto del año 2026 (…) se hace del conocimiento del ciudadano solicitante que para presentar su consulta popular deberá reunir el apoyo de cuando menos el 2% de las personas inscritas en la lista nominal de personas electoras del estado” explicó Martín González Muñoz, titular de la Secretaría Ejecutiva del IEEPCNL.
El empresario tiene hasta el 31 de julio de 2025 para conseguir las firmas del 2% de la lista nominal, lo que hoy equivale a 89 mil 691 apoyos.
En el artículo 29 de la Ley de Participación Ciudadana se explica qué es lo que sigue para la petición después de haber sido aceptado su aviso de intención.
- La propuesta se envía al Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León en el que se verifica la legalidad y trascendencia de la petición revisando que la pregunta no sea tendenciosa.
- En caso de que sea pertinente, el Tribunal Superior de Justicia hará modificaciones a la pregunta a fin de garantizar que sea congruente.
- El Tribunal Superior de Justicia notificará su resolución.
- En caso de que se determine que es ilegal o intrascendente, el titular del IEEPCNL ordenará su publicación en el Periódico Oficial del Estado, dará cuenta y procederá a su archivo como asunto total.
- Si la resolución del Pleno del Tribunal Superior de Justicia reconoce la legalidad y trascendencia de la materia,la pregunta no podrá ser objeto de modificaciones posteriores y se publicará en el Periódico Oficial del Estado.
- La decisión del Pleno del Tribunal Superior de Justicia es definitiva e inapelable
La independencia de Nuevo León es anticonstitucional
Para fundamentar la “independencia de Nuevo León” los grupos separatistas recurren a la memoria histórica de la «República del Río Grande» argumentando que Nuevo León ya ha salido de la Federación anteriormente y que por ende, puede volver a hacerlo.
La República del Río Grande fue un movimiento separatista que intentó crear un país independiente en los territorios correspondientes a Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas. La rebelión duró 283 días, del 17 de enero al 6 de noviembre de 1840.
Sin embargo, los movimientos separatistas actuales no consideran que de acuerdo al Artículo 2º de la constitución vigente, “La Nación Mexicana es única e indivisible” por lo que plantear la independencia de un estado es contrario a lo que dice la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al respecto, Carla Escoffié, abogada y maestra en Derechos Humanos y Democratización explicó en entrevista que la consulta debe girar sobre decisiones que podría hacer las autoridades estatales al ser el plesbicito, un mecanismo local.
«(Las consultas) deben girar sobre decisiones que legalmente ya pueden tomar las autoridades de Nuevo León. No solo el gobernador no tiene esa facultad, sino que plantear la separación de Nuevo León es inconstitucional, ya que la constitución federal contempla que es indivisible el territorio nacional» explicó Carla Escoffié.
Sobre la propuesta de «independencia de Nuevo León», la experta declaró que más allá de la solicitud de consulta es necesario que haya voluntad popular y que los residentes del estado apoyen la moción para que sea justificable la separación.
«Creo que los estados tienen derecho a separarse del país si lo desean, pero eso depende de coyunturas sociales en las que haya una voluntad popular y condiciones que lo respalden. Más allá de su solicitud, sin eso no prosperaría políticamente.» dijo Carla Escoffié.
LINKS / FUENTES:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León
- Plebiscito | Sistema de Información Legislativa
- Determina IEEPCNL fechas para solicitar consultas a realizarse en 2026 | IEEPCNL
- FRENA el pionero neofascista en México | Facultad de Ciencias Sociales, UBA