Por Melina Barbosa
El primero de junio de 2025, se llevará a cabo la primera elección judicial en México, en la cual se elegirán un total de 881 cargos dentro del Poder Judicial distribuidos en la boleta como:
- Ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia (color morado)
- Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (color verde)
- Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral (color azul)
- Magistradas y Magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral (color naranja)
- Magistradas y Magistrados de Circuito (color rosa)
- Juezas y Jueces de Distrito (color amarillo)
A pocos días de los comicios, circulan publicaciones que señalan la distribución de acordeones. Pero esta práctica solo constituye un delito electoral si se comprueba que partidos, funcionarios u organizaciones utilizan las acordeones para inducir el voto.
Por lo tanto, como votante puedes llevar acordeón a la elección judicial siempre y cuando no te obliguen o condicionen.
Si bien es cierto que el Instituto Nacional Electoral (INE) alertó sobre el uso de estos mecanismos de listas o acordeones, la autoridad electoral aclaró que no habrá revisiones directas a las y los votantes.
INE registra dos quejas por presunta distribución de propaganda electoral
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE confirmó la recepción de dos quejas sobre acordeones.
La primera denuncia corresponde a la presunta distribución de propaganda electoral y la realización de actos que pueden configurar coacción e inducción al voto, por personas del servicio público del Gobierno del Estado de Nuevo León.
En el estado, han trascendido señalamientos contra la administración de Samuel García Sepúlveda, por presuntamente «dedicarse en horario laboral y con recursos públicos a presionar a trabajadores estatales a entregar su INE, así como a darles acordeones previamente llenados con la instrucción de votar por ciertas candidaturas y tomar foto de su voto el día de la elección judicial».
📢 La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE inició una investigación contra funcionarios del Gobierno del Estado por presunta coacción del voto.
🤔 ¿Por qué no hay respuesta de ninguna instancia gubernamental?
⚖️ El INE y el Tribunal Electoral ya han señalado… pic.twitter.com/LCbBiuDkPI
— LilianaFloresBenavid (@FloresBenavid) May 28, 2025
La segunda denuncia advirtió al INE que presuntamente se distribuyó propaganda electoral por parte de personas servidoras públicas en la alcaldía Álvaro Obregón de la Ciudad de México.
Hasta el momento, el órgano electoral solo ha informado que, toda vez que los hechos denunciados pudieran actualizar un delito electoral o una infracción en materia de fiscalización, se determinó dar vista a la FISEL y a la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) para que, en el ámbito de su competencia y atribuciones determinen lo conducente.
¿Qué dice la ley electoral sobre las acordeones?
La ley electoral marca como delito condicionar el acceso a un programa social o servicios públicos. También configura un delito que un servidor público amenace a sus subordinados o por el contrario, ofrezca dinero o algún tipo de beneficio a cambio de seguir un acordeón para votar por ciertas candidaturas.
Al ser un proceso electoral complejo y tardado por el gran número de cargos que se van a elegir, es válido que lleves un acordeón para recordar los números identificadores de las candidaturas que vas a votar.
Lo que no debe permitirse y en su caso, reportarse como delito, es el acondicionamiento del voto bajo amenazas o recompensas económicas.
La denuncia de casos donde obliguen a alguien a votar por candidaturas específicas, corresponde a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL), autoridad encargada de investigarlos y perseguirlos, sin importar si se trata de las elecciones federales o locales.
Las figuras jurídicas establecidas en la legislación electoral son la compra y coacción del voto, que no sólo están prohibidas, sino que configuran delitos electorales por los que la FISEL puede iniciar expedientes.
La Ley General en Materia de Delitos Electorales y publicaciones del INE especifican que el delito es solicitar votos por paga, promesa de dinero u otro beneficio mediante violencia, amenazas o presión, sin importar si esto ocurre durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o días antes.
Al respecto, Guadalupe Taddei, consejera presidenta del INE, alertó sobre el uso de estos mecanismos de listas o acordeones, sin embargo, aclaró que no habrá revisiones directas a las y los votantes.
“Nunca se ha permitido revisar los bolsillos, las chamarras de los ciudadanos y ciudadanas. Incluso nunca se ha podido inhibir el que ingresen a las mamparas con teléfono. Nunca, no ha sido posible. Eso se considera un atentado contra la libertad de cada uno. Pero lo que sí podemos hacer es decir: ‘no permitas que nadie te diga por quién votar. Defiende tu derecho a ser tú el que elija’”, declaró la consejera presidenta.
LINKS | FUENTES:
Diez delitos electorales que debemos conocer y denunciar | Instituto Nacional Electoral (INE)
LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES
Pasan a FGR indagar acordeón de Samuel | El Norte
Elección Judicial 2025: Dudas de nuestra audiencia sobre el proceso | Verificado MX