Por Melina Barbosa
Tras años de parálisis legislativa y la presión social bajo la consigna #YoPorLas40Horas, el Senado de la República aprobó una reforma al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este cambio busca transformar una jornada laboral de 48 horas semanales que se mantenía intacta desde 1917.
El dictamen reconoce al estrés laboral como un problema estructural de salud pública y expone que las personas en México trabajan más de 2 mil 100 horas al año, un promedio superior al de otras naciones integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Asimismo, el 27% de la población ocupada trabaja más de 48 horas semanales, el porcentaje más alto entre los países miembros de la OCDE.
Sin embargo, el entusiasmo inicial por la reforma ha chocado de frente con una realidad compleja. Voces expertas y diversos sectores sociales han encendido las alarmas, calificando la medida como una «simulación» o una “falsa reforma” sin aplicación inmediata y repleta de restricciones.
Los argumentos son de peso: una redacción con vacíos críticos que omite la garantía explícita de dos días de descanso, que abre la puerta a un aumento desmedido de horas extra y que presenta fallas técnicas que podrían vulnerar los derechos de las y los trabajadores.
Tras el anuncio, Verificado identificó algunas de las narrativas más difundidas en medios de comunicación y redes sociales para desglosar lo cierto, lo falso y lo que quedó en el aire sobre la reforma laboral.
Una reforma que incumple realmente la demanda histórica
¿Sin dos días de descanso? Verdadero:
El dictamen final tuvo modificaciones de último minuto que alteran el espíritu de la reforma. Originalmente, se buscaba reformar el Artículo 123 constitucional para dictar «por cada cinco días de trabajo, dos de descanso».
El Senado aprobó el tope de 40 horas semanales, pero eliminó la frase de los «dos días de descanso». Esto permite esquemas de flexibilidad donde el patrón puede distribuir esas 40 horas en 6 días si así lo requiere la operación.
Ante el cuestionamiento sobre la posibilidad de implementar más adelante dos días de descanso obligatorio, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, sostuvo que «la demanda de los trabajadores, histórica, había sido 40 horas y estamos cumpliendo».
Cúpulas empresariales como el CCE y Coparmex también manifestaron su apoyo a la reforma por su gradualidad, mientras que Canirac la consideró correcta por solo dejar un día de descanso.
En contraste, el Frente Nacional por las 40 Horas rechazó el texto aprobado en el Senado al considerarlo una «falsa reforma» subordinada a los intereses patronales.

Las exigencias son claras: 40 horas inmediatas (sin gradualidad), dos días de descanso, 30 días de aguinaldo y el pago de horas extra triples tras la novena hora acumulada.
El frente recuerda que el propio dictamen impulsado desde 2022 por la diputada de Morena, Susana Prieto Terrazas, planteaba una jornada máxima de 40 horas semanales, garantizando por ley dos días de descanso obligatorio.

Diversas bancadas de oposición y legisladores también han señalado la necesidad de incluir explícitamente la semana laboral de 5 días para que la reforma no quede «trunca» o sin el «espíritu» de la iniciativa original, pues los diputados tienen la facultad de realizar cambios a la minuta enviada por el Senado el pasado 11 de febrero.

El vacío legal persiste: si los diputados no modifican el texto, el derecho a los dos días de descanso obligatorio quedará fuera del mandato constitucional, dejando a criterio del patrón cómo repartir las 40 horas de la nueva jornada.
¿La reforma es inmediata? Falso:
La reforma contempla una implementación gradual: en 2026 se establecen 48 horas; para 2027, la jornada será de 46 horas; en 2028, de 44; en 2029, de 42 horas, y llegará a las 40 en 2030, permitiendo que las empresas se adapten en un plazo de meses o incluso años según el sector.
La iniciativa aún debe ser aprobada por la Cámara de Diputados y se prevé que se discuta la próxima semana. Asimismo, debe ser enviada al Ejecutivo encabezado por Claudia Sheinbaum para su firma y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Pueden bajarme el sueldo? Falso:
El principio de «irrectractabilidad de los derechos laborales» protege a las personas trabajadoras. En el contexto de la reforma al Artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo, la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas está diseñada para ser gradual, pero con la prohibición explícita de disminuir sueldos, salarios o prestaciones.
¿Más horas extra por menos paga? Verdadero:
La reforma abre la puerta a 12 horas extra a la semana que podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un periodo máximo de cuatro días.
Actualmente, por trabajar más de nueve horas extras a la semana, se paga el triple, pero con la nueva iniciativa se trabajarán más de 12 horas para percibir ese mismo ingreso, pues el pago se mantendrá solamente al doble.
De ser aprobado el dictamen, las personas que ganen el salario mínimo recibirán $78.76 por cada una de las primeras 12 horas extras que trabajen en la semana, y sería a partir de la decimotercera hora que se les pague $157.58, lo equivalente al triple.
En conclusión
Con la reforma a la LFT, México se encamina hacia una reducción de la jornada en el papel, pero con mecanismos que permiten perpetuar la sobrecarga laboral mediante horas extra y la falta de garantías para el descanso semanal.
Si la Cámara de Diputados no corrige la minuta para incluir explícitamente los cinco días de trabajo por dos de descanso, la reforma corre el riesgo de ser recordada no como un triunfo de la clase trabajadora, sino como una concesión técnica que priorizó la operación empresarial sobre el bienestar humano.

LINKS | FUENTES:
Sesión de la Cámara de Senadores, del 11 de febrero de 2026
Sitio oficial del Frente Nacional por las 40 Horas
Sector empresarial respalda reducción a 40 horas de jornada laboral | Once Noticias
Canirac celebra que la reforma laboral no considerara 2 días de descanso | El Sol de San Luis
Decreto por el que se reforma el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo | Gaceta Parlamentaria

