Por Melina Barbosa
Circulan en redes sociales y algunos medios de comunicación, varios contenidos afirmando que la Unión Europea (UE) ha «cancelado la navidad», puesto que supuestamente ha solicitado dejar de enviar felicitaciones con la palabra «Navidad» y se ha impuesto, en su lugar, la frase «Felices fiestas».
Asimismo, usuarios nuevamente han revivido la desinformación respecto con la Suprema Corte de México y su «borrado de la navidad» al emitir un proyecto que pretende la prohibición de los nacimientos navideños y las pastorelas.
Sin embargo, no existe ninguna norma aprobada por la Unión Europea que imponga la prohibición de felicitar la «Navidad» y la Suprema Corte de Justicia de La Nación (SCJN) tampoco busca negar la colocación de nacimientos.
Sobre la recomendación de la Unión Europea
El documento de la UE que recogía la recomendación de no felicitar las fiestas decembrinas utilizando la palabra «Navidad» en realidad se trata de una circular interna enviada por la Comisaria de Igualdad, Helena Dalli, para marcar unas directrices en la comunicación del personal del Ejecutivo comunitario.
El texto filtrado por el medio italiano Il Giornale en 2021 recogía otras recomendaciones lingüísticas con el objetivo de «ofrecer siempre una comunicación inclusiva».
Entre ellas, la sugerencia de «no usar el pronombre masculino como pronombre predefinido» o «evitar considerar que alguien es cristiano», por lo que es recomendable intercambiar «Navidad» por «fiestas» a la hora de hablar del periodo festivo.
Tras la difusión del contenido viral, el medio de comunicación Newtral se puso en contacto con la Comisión Europea, la cual aseguró que «no ha prohibido la palabra Navidad»:
«Celebrar la Navidad y usar nombres y símbolos cristianos es parte de la rica herencia europea. No prohibimos ni desalentamos el uso de la palabra Navidad. Por supuesto que no».
Además, la Comisión confirmó que lo mencionado en el documento «no se ha adoptado» y que inclusive «se retiró» tras la controversia.
Por su parte, la comisaria de Igualdad, Helena Dalli, se pronunció a finales de noviembre y en sus redes sociales hizo público un comunicado en el que señalaba que su intención cuando redactó el documento era «ilustrar la diversidad de la cultura europea y mostrar la naturaleza inclusiva de la Comisión Europea para todos los ámbitos de la vida y creencias de los ciudadanos europeos».
Hay que recordar que en diciembre además de la Navidad, otras culturas y religiones tienen celebraciones importantes como Hanukkah (Janucá) o «fiesta de las luces», una tradición de la religión judía que conmemora la victoria histórica del pueblo judío sobre el régimen griego; Dong Zhi (“llega el invierno”), es la celebración china del solsticio de invierno, fecha en la que antiguamente se festejaba la llegada del año nuevo.
Kwanzaa (se pronuncia “cuanza”) es una fiesta seglar celebrada por afrodescendientes para recordar su herencia cultural y comienza el 26 de diciembre y termina el primero de enero; Rohatsu (que significa «octavo día del duodécimo mes lunar») es la fecha en la que los budistas zen conmemoran la iluminación de Buda Gautama.
Shab-e Yaldá es una fiesta tradicional iraní que significa «nacimiento, natividad», en alusión a un alegórico nacimiento del Sol, durante el solsticio de invierno.
Sobre el proyecto de la SCJN
En una verificación anterior explicamos que el proyecto del ministro González Alcántara surge a partir de uno de tres amparos promovidos por la organización Kanan Derechos Humanos en municipios de Yucatán.
Si bien es cierto que esta iniciativa podría sentar precedentes para que se aplique en otros municipios o estados, el proyecto únicamente aplica para el gobierno de Chocholá, Yucatán y no contempla prohibiciones a festejos particulares ni a la colocación de nacimientos o altares en iglesias.
El proyecto en realidad establece que el municipio debe abstenerse de colocar en espacios públicos signos que hagan alusión a una convicción religiosa específica:
Al igual que «erogar recursos públicos, en ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales, para la colocación de símbolos» que hagan alusión a una religión.
De igual forma, «ordena al Ayuntamiento responsable adoptar las medidas que considere necesarias, en ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales, para promover el ejercicio de la libertad religiosa y, en vía de consecuencia, promover la pluralidad ideológica dentro del municipio».
Respecto al tema, el director jurídico y cofundador de Kanan Derechos Humanos, Miguel Fernando Anguas Rosado, detalló para la revista Nexos que ante esta situación han emergido varias opiniones, pero la pregunta clave a responder es: ¿la Suprema Corte plantea prohibir a todas las personas colocar nacimientos de Cristo?
La respuesta es no. La eventual sentencia no prohibiría la Navidad, ni que las personas en su ámbito privado puedan continuar con dichas prácticas o cultos, bajo su libertad de creencias y religión.
«El proyecto de sentencia propone, más bien, que para respetar el Estado laico las autoridades no puedan colocar símbolos relativos a alguna religión, ni mucho menos sufragado desde el erario».
Adicionalmente, el cofundador de Kanan Derechos Humanos, confirmó al medio de comunicación The Associated Press que de aprobarse el proyecto, esta medida únicamente aplicaría para el ayuntamiento de Chocholá, Yucatán, pero que si se alcanzan cuatro votos a favor, cualquier otra persona podría demandar a las autoridades que veneren o emitan símbolos de una religión y obtendría el mismo resultado.
En esta materia, la directora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey (CDH FLDM), Carla Luisa Escoffié Duarte también aclaró a través de sus redes sociales que es falso que la Suprema Corte resolverá si es inconstitucional poner nacimientos:
«Falso: la SCJN NO va a resolver si es inconstitucional poner nacimientos, sino si es inconstitucional que un ayuntamiento ponga en sus instalaciones nacimientos y los anuncie como actividad institucional. No es lo mismo».
Sobre los alcances del amparo
La directora del CDH FLDM explica que desde 2007, la SCJN declaró que la Constitución no permite a particulares hacer actos de culto en vía pública (ritos, misas) pero sí manifestaciones religiosas (vírgenes, procesiones). Por ello, el proyecto viralizado no discutirá qué pueden hacer particulares, sino qué pueden hacer las instituciones de gobierno.
«Es falso que se atente contra lo que los creyentes pueden expresar. Eso ya está protegido, ya dijo la SCJN que es parte de la libertad de expresión y libertad religiosa. La discusión es sobre una institución (no persona) pública (con deber de imparcialidad religiosa). Punto».
Durante un espacio de Twitter, Escoffié Duarte puntualizó que el resto de la población tiene derecho a realizar manifestaciones religiosas y a externar su fe; ya sea a través de peregrinaciones o cualquier otra similar, pues implican formas de «externar públicamente nuestra religión y eso se relaciona con la libertad de expresión».
«Lo que (la SCJN) va a discutir ahorita es qué pueden hacer las autoridades, no los particulares. Entonces, de ninguna manera esto va a impedir que las personas pongan nacimientos en sus casas; en sus negocios; incluso enfrente de sus casas; la cosa es que las autoridades no lo van a poder poner en edificios públicos», añadió.
En conclusión
- Nos preguntáis si la Unión Europea ha pedido que no se felicite la Navidad y se diga «felices fiestas» en su lugar| Newtral
- Comunicado de la Unión Europea
- Twitter space | Proyecto Grinch y Estado Laico
- ¿La Suprema Corte pretende prohibir los nacimientos de Jesucristo? | Revista Nexos
- Falso que AMLO y SCJN quieran prohibir nacimientos navideños en vía pública | Verificado
- Proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá

