Por Leslie Orozco
En redes sociales y medios de comunicación se asegura que a partir de 2025 las autoridades impondrán multas de hasta 18 millones de pesos para quienes instalen cámaras de seguridad en sus residencias, pero esto es engañoso.
“El gobierno no solo te quiere desarmado, te quiere desprotegido y facilitarle la vida a los delincuentes”, “las autoridades explicaron que estas sanciones buscan proteger la privacidad de las personas que son captadas por las cámaras, sin importar si son delincuentes o simplemente transeúntes”, se menciona en algunas de las publicaciones en redes como X y TikTok, respectivamente.
Una publicación en X (antes Twitter) una publicación alcanzó 11 mil me gusta y 1.2 millones de visualizaciones, mientras que en la red social TikTok, los videos alcanzaron los 12 mil me gusta, y se encontró que la misma información circulaba desde noviembre de 2024, cuando alcanzó más de 124 mil interacciones.
Los post, aseguran que quienes coloquen cámaras de vigilancia en casa y graben algún delito pueden enfrentarse a multas por el equivalente a 320 mil días de salario mínimo.
Las publicaciones adjudican la supuesta medida a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
Dependencias de gobierno explican las medidas sobre las cámaras de seguridad
El 20 de enero de 2024, Norma Julieta del Río, comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) publicó un video en sus redes sociales, en el que aseguró que dicho instituto es el responsable de regular lo relacionado a los datos personales, de acuerdo al capítulo VI de la ley.
En el video, Óscar Samuel Montoya, director de sanciones del INAI también explicó que dichas sanciones monetarias no aplican para particulares que tengan una cámara en sus hogares.
@julieta.delrioEn el Centro de Atención a la Sociedad del INAI se reciben preguntas sobre la información que se difundió hace unos días sobre ”La millonaria multa que deberás pagar por instalar cámaras de seguridad en tu casa en 2025”: Aquí te platicamos 👇
“La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece en su artículo segundo que los sujetos regulados son aquellos responsables que usen los datos personales con finalidades de divulgación o de prospección comercial. Así que si tú tienes cámaras en tu casa y no tienes estas finalidades sino que las usas para este tratamiento personal, el INAI no tendrá que ponerte ninguna sanción”, explica el funcionario.
¿Qué dice la LFPDPPP?
Desde el 5 de julio de 2010, existe la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que explica que los sujetos a los que aplica la ley son sociedades de información crediticia y personas que realicen recolección y almacenamiento de datos personales sin fines de divulgación o utilización comercial.
El artículo 64 de la ley establece que las sanciones por vulnerar los datos personales y de consentimiento pueden rondar entre los 100 hasta los 320 mil días de salario mínimo.
De acuerdo a la ley, las cámaras de seguridad deben de ser instaladas sólo con el propósito de proteger los bienes e instalaciones, así como para la protección y detección de delitos.
Es decir, las cámaras pueden ser usadas para resguardar la seguridad de bienes, inmuebles o para identificar a las personas que hayan cometido delitos dentro, fuera o en las inmediaciones del lugar donde están instalados los dispositivos; pero dichas imágenes no deben ser distribuidas con fines comerciales.
De acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en el país, está prohibido capturar imágenes y videos de personas sin previo consentimiento, especialmente en áreas públicas, solamente los elementos de seguridad no aplican a esta limitación por ser servidores públicos.
Los lugares en los que es ilegal instalar cámaras de seguridad son: negocios (específicamente baños, vestidores o habitaciones), mientras que en escuelas, hospitales e iglesias su uso está restringido a menos de que exista una autorización de las autoridades correspondientes. También se contempla que las cámaras no deben apuntar directamente a otras propiedades aledañas, (patios, ventadas, entradas).
En México, los datos personales están protegidos por el artículo 16 de la Constitución Política, que estipulan que a las y los ciudadanos se les deben de garantizar los derechos ARCO (acceder, rectificar, cancelar y oponerse).