En qué consiste el Fondo de Pensiones para el Bienestar y cómo afecta las afores

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Por Leslie Orozco

Desde que el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció la creación de un Fondo de Pensiones para el Bienestar, en redes sociales usuarios han asegurado que los ahorros contenidos en las afores serán usados para financiar el nuevo proyecto, pero esto es engañoso.

Esta narrativa provocó que partidos de la oposición levantaran fuertes quejas contra la inciativa, así como la advertencia de que defenderían los recursos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la petición a la ciudadanía de que «sacaran todo el dinero de sus cuentas».

En Verificado, nos dimos a la tarea de explicar en qué consiste el plan del gobierno, cómo se planteó financiarlo y qué tiene que ver esto con las Afores.

El plan sí busca utilizar como financiamiento los recursos de las cuentas de Administradoras de Fondos para Retiros (AFORES), pero sólo de las que están inactivas.

Hasta abril de 2024, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, con 252 votos a favor, 212 en contra y 4 abstenciones.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar y las Afores

El 4 de abril de 2024, diputados del partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) presentaron la iniciativa para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

La iniciativa busca garantizar una pensión de al menos 16 mil 400 pesos a más de 45 millones de trabajadores

El fondo seria un tipo de fideicomiso público manejado por el Banco de México (estipulado como fiduciario) y administrado por el nuevo «Comité Técnico del Fondo de Pensiones del Bienestar» para que las personas trabajadoras o pensionadas reciban recursos de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Fiduciario: Institución que tiene la titularidad de los bienes o derechos fideicomitidos. Se encarga de la administración de los bienes, disponiendo lo necesario para la conservación del patrimonio constituido y el cumplimiento de los objetivos o instrucciones del fideicomitente.

Además, en la iniciativa explica que las y los diputados consideran que existen diferencias entre las leyes que regulan las pensiones y que es necesario igualarlas.

En México, actualmente existen dos sistemas de jubilaciones: el de 1973 y 1997, que se diferencian entre el número de semanas cotizadas que solicitan.

De acuerdo con el documento, el financiamiento de este proyecto consiste en transferir los recursos de las subcuentas de retiro que no hayan sido reclamadas una vez que las personas hayan cumplido los 70 años.

Para lograr esto, se plantea modificar el artículo 302 de la Ley del Seguro Social, que estipula que al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se le regresan esos fondos una vez que hayan pasado 10 años sin ser reclamados.

BULOS 40

Las cuentas inactivas de las Afores de las personas que cotizaron con el PENSIONISSSTE (trabajadores del Estado) también se pasaran al Fondo de Pensiones para el Bienestar, pero una vez que los beneficiarios cumplan los 75 años.

Por lo que es falso que las Afores de las y los ciudadanos serán usadas arbitrariamente para este proyecto. Aplica sólo para quienes no retiraron el dinero y tienen más de 70 años o ya fallecieron.

En el decreto, se estipula que las personas serán notificadas de que el dinero de sus fondos de retiro serán transferidos al Fondo, en un periodo de un año antes de cumplir los 70.

De acuerdo con el titular de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) Julio César Cervantes, aseguró en una conferencia matutina que el volumen de los activos que estarán vinculados al Fondo del Bienestar será menor al 0.4 por ciento de los activos de las Afores, equivalente a 41 mil millones de pesos.

«La Afore pública cobra la comisión más baja, de 0.53; y tenemos otra Afore en el promedio. Esto representa ya para los trabajadores dinero que ha permanecido en sus cuentas de 41 mil millones de pesos, pero proyectamos que al año 2030 van a permanecer en las cuentas de los trabajadores 166 mil 500 millones de pesos, lo cual, desde luego, les incrementa su pensión».

Además de que el número total de cuentas inactivas o no reclamadas corresponde al 5.5% del total.

La cifra de las personas que no retiraron sus ahorros de las Afores es una cifra baja para cubrir la totalidad del fondo, por lo que adicionalmente se planea acumularlo con:

  • Los recursos de las operaciones trimestrales del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep)
  • Eliminar el organismo público «Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND)»
  • El cobro de adeudos de entidades públicas con IMSS, ISSSTE y Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De aprobarse el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, deberán establecer «ventanillas únicas» en sus instalaciones para el cálculo y pago de los recursos provenientes del fondo de pensiones.

Los antiguos sistemas de pensión y jubilación

Los sistemas anteriores de pensión y jubilación, como el Ley de 1973, daban la posibidad de pensionarse por cesantía, de los 60 a los 64 años, o esperar a los 65 años para recibir el 100% de los beneficios de la pension. 

regimen 73
Fuente: Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro

El regimen de 1973 otorgaba el promedio salarial de los últimos cinco años cotizados y la suma de las semanas cotizadas ante el Seguro Social que eran requisito.

O sea, que la diferencia reduce cinco años para retirar las afores, y permanece en 10 a las y los trabajadores del Estado.

En conclusión

El proyecto sí plantea utilizar recursos las cuentas inactivas de las Administradoras de Fondos para Retiros, también conocidas como Afores, pero la cifra es del 0.4% de los activos.

Es falso que las todas las Afores serán usadas para este proyecto. Aplica sólo para quienes no retiraron el dinero y tienen más de 70 años o bien, ya fallecieron.

El 25 de abril, el Senado de la República aprobó con 70 votos a favor, 43 en contra y dos abstenciones la reforma que crea la Ley de Pensiones del Bienestar y no se realizaron modificaciones.

De acuerdo con el reporte de seguimiento el asunto se ha turnado al Poder Ejecutivo para después autorizar su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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