Falso que reformas de género de Claudia Sheinbaum busquen terminar la presunción de inocencia

Fecha:

Comparte:

Por Debanhi Soto

Después de que la presidenta Claudia Sheinbaum propusiera un paquete de reformas constitucionales en materia de perspectiva de género, en redes sociales surgió una narrativa sobre que las iniciativas tenían como objetivo discriminar a los hombres y convertirlos en “ciudadanos de segunda clase”.

“Todos los hombres quedarán constitucionalmente discriminados: -Cero igualdad ante la ley -Se anula su presunción de inocencia -Nada de meritocracia -En cualquier conflicto hay que chingarlos siempre a ellos”, dice una de las publicaciones en X que ya llega a las 34 mil visualizaciones. 

Figuras como el exdiputado Carlos Leal o el comunicador Christian Camacho han retomado la narrativa desinformante. Pero, las reformas propuestas por Claudia Sheinbaum buscan llegar a la igualdad entre hombres y mujeres, y no discriminar a un género por sobre otro.

¿Qué dicen las reformas de género?

En la conferencia matutina del 3 de octubre, la presidenta dijo que propondría una serie de reformas a la constitución con el objetivo de que la igualdad sustantiva quede plasmada en el artículo 4º. También dijo que la iniciativa buscaba eliminar la violencia de género hacia las mujeres y la brecha salarial.

De manera general, Sheinbaum indicó que se modificarían los artículos 4, 21, 41, 73, 116 y 123 y se promulgarían siete leyes secundarias.

El significado del derecho a la igualdad sustantiva

El derecho a la igualdad sustantiva es una de las disposiciones en la reforma que ha causado más confusión ya que se cree es una forma de favorecer a las mujeres a costa de menospreciar a los hombres.

Pero en realidad, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres explica en su artículo V que la igualdad sustantiva se trata de “el acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales”.

Es decir, que el Estado debe asegurarse que exista no solo una igualdad formal de derechos, lo que significa que las personas tengan los mismos derechos, sino que debe velar porque las personas puedan hacer uso de los derechos universales

Por ejemplo, tanto hombres como mujeres tienen derecho a ser votados como representantes políticos, sin embargo, por la situaciones propias de vivir en un contexto patriarcal, las mujeres tienen menos posibilidades de ser votadas. Esto es una igualdad formal porque aunque hombres y mujeres tienen el mismo derecho, no existe el mismo resultado. 

La igualdad sustantiva intenta que hombres y mujeres tengan el mismo resultado al ejercer sus derechos, en el caso del ejemplo, que haya igualdad en las carreras políticas de ambos.

Sobre la perspectiva de género en las fiscalías

La presidenta anunció como parte de su propuesta las modificaciones de los artículos constitucionales 21 y 116 que se refieren a las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia para que implementen la perspectiva de género en todas sus disposiciones.

No obstante, implementar seguridad o justicia con perspectiva de género no implica que automáticamente se va a beneficiar de manera jurídica a las mujeres sobre los hombres o que “se acaba la presunción de inocencia” como dicen las publicaciones que se comparten en redes sociales.

En la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres se explica que la perspectiva de género es un mecanismo que permite identificar, cuestionar y valorar la discriminación y desigualdad en la relación entre emujeres y hombres.

Tener perspectiva de género en las fiscalías implica reconocer los prejuicios, estereotipos o estigmas de género que hay y que pueden causar la descalificación de la credibilidad de la víctima o atribuir la responsabilidad del crimen a la víctima. 

“La incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones jurisdiccionales pretende derribar las barreras culturales y estructurales de acceso a la justicia para las mujeres, tales como: las preconcepciones alrededor de la sexualidad femenina y masculina, la menor importancia a la opinión de las mujeres frente a la de los hombres, la desigualdad, entre otras” explica un Informe de las Naciones Unidas.

Paridad de género vs. meritocracia

Claudia Sheinbaum también propuso reformar el artículo 41 de la Constitución para que la Administración Pública Federal tenga que establecerse con un gabinete paritario. Ante esta medida, en redes sociales se ha acusado a la presidenta de querer finalizar la meritocracia y que las personas que lleguen a la Administración Pública Federal no serán las mejores preparadas.

Esta narrativa es sexista, ya que se considera que si se le da un lugar a una mujer en la administración, automáticamente, se le dejará fuera a una persona más preparada.

Pero, además es necesario considerar que hay brechas históricas que imposibilitan a ciertas poblaciones con interseccionalidades (como mujeres, personas indígenas, personas LGBTTTIQA+, personas con discapacidad o personas migrantes) de llegar a ciertos puestos a pesar de hacer el mismo esfuerzo que hace una persona sin interseccionalidades.

En una columna las expertas en Ciencia Política, Rocío Salazar y Denise de la Peña explican que actualmente no se vive un sistema de meritocracia en México en el que las personas más preparadas sean las que lleguen a puestos de poder y que, en cambio, un problema para las mujeres es que aunque ellas pueden tener experiencia y capacidad, no tienen puestos de toma de decisiones por su género.

Actualmente no vivimos en una meritocracia en donde lleguen a los puestos de toma de decisiones los candidatos más capaces. En las designaciones actuales de funcionarios públicos entran en juego diversas variables, muchas de las cuales no tienen nada que ver con la capacidad del candidato (…) De hecho, un gran problema para las mujeres es que, a pesar de ser capaces y tener experiencia, no llegan a puestos de toma de decisión” escriben las activistas

¿Qué hacemos en verificado?

Somos un medio de comunicación especializado en el Fact Checking o verificación de hechos; se refiere a la labor de confirmar y comprobar hechos y datos.

━ Recomendado

Falso que Sheinbaum pidió a mexicanos en EE.UU. dar doble nacionalidad a sus hijos

Por Diana Soto La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, no pidió a las personas mexicanas que viven en Estados Unidos que tramiten la doble...

¿Para qué quieren nuestros datos?

Entre Periodistas Por Andrés A. Solis* El pasado 24 de septiembre, Ruth Salinas, diputada local en el Estado de México por Movimiento Ciudadano presentó una iniciativa...

Falso que se requiere permiso gubernamental para transferencias bancarias y otros mitos del MTU 

EN CORTO Circula en redes que en México se requerirá un “permiso gubernamental para usar tu dinero”. Publicaciones advierten que Morena impuso límites para...

Nayib Bukele no dijo: “Si México ataca a EU, desaparece en 4 segundos”

Por Diana Soto El presidente de El Salvador, Nayib Bukele, sí ha comentado sobre temas de seguridad en México, pero hasta ahora no ha declarado...

Primer año de gobierno: Así van los 100 compromisos de la presidenta

En el primer año de la llegada al poder, analizamos el nivel de avance en los 100 compromisos realizados por la presidenta Claudia...