ROMPIENDO EL MITO
Por Yolanda Chio
El 10 de julio de 2021, integrantes de la comunidad lésbica, trans y queer marcharon en la Ciudad de México para exigir al Congreso local que descongele la Ley de Infancias Trans.
La iniciativa fue pausada ante presiones de grupos antiderechos como el Frente Nacional por la familia, quienes han esparcido mitos contra las infancias trans, como que la Ley permitirá que se hormone a niñas y niños o que existen problemas más urgentes, como la ola de inseguridad que vive el país, y que el Congreso pierde el tiempo discutiendo sobre el tema.
Finalmente en agosto de 2021, el Gobierno de la Ciudad de México publicó en la gaceta capitalina los «Lineamientos para Garantizar los Derechos Humanos en el Procedimiento Administrativo de Reconocimiento de Identidad de Género en la Ciudad de México de las Personas Adolescentes» que permitirá a las y los adolescentes trans, cambiar su acta de nacimiento según su género autopercibido.
Sin embargo, para Tania Morales y Benjamín Gutiérrez de la Asociación por las Infancias Trans, el romper estos mitos es vital para no dejar en la indefensión a niñas y niños trans.
«A la infancia, a los niños no se les hormona, ninguna doctora o doctor va a hormonar niñas o niños, eso no sucede, es un mitotote, se hormona, a veces, a personas intersex y eso es lo que también está mal y tenemos que combatir, no tendríamos por qué aspirar a normar los cuerpos de la gente».
La activista explica que en todo caso, en la pubertad se puede aplicar un tratamiento de bloqueo hormonal y que este no es obligatorio.
«Pero ojo, lo que estamos promoviendo con las infancias trans, es que tengan esta libertad de vivirse en su género, sin tener que decirles que su cuerpo pertenece, o sea que para ser una mujer necesitas una vulva o que para ser un hombre necesitas un pene, el reconocer el género desde la infancia, con una identidad de género diferente a la impuesta», aclara Morales.
Lo que se hace en infancias es justo reconocerles socialmente su identidad de género, dejarles que tengan la expresión de género que ellos quieran tener, llamarles por su nombre y si género y hasta ahí llegó la transición que están pasando, no hay hormonas, simplemente es un acompañamiento de que ellos sean quienes son, que quieran vestirse como quieran vestirse, añadió Gutiérrez.
Aunque la representación de personas trans ha aumentado en series televisivas y películas, el uso de términos y hasta la forma de dirigirse a ellas o ellos, suele tener tintes discriminatorios o equivocados.
Por ejemplo, en el episodio 6 de la temporada 10 de la serie de Televisa «Como dice el dicho», titulado «A quien no ama a sus parientes deben romperle los dientes», Gabriela, una joven trans, es discriminada y golpeada por su padre por su identidad de género.
Años después, decide asistir a su quinceañera para pedirle disculpas y asegurarle que respetará «su decisión de ser mujer», asegurando que la identidad de género es una decisión.

«Gabriel ya tomó su decisión, ya no es el niño de las viejas fotos de este álbum al cual yo le pude imponer mi voluntad, ahora es un jovencito que quiere ser mujer y yo lo acepto», dice el señor, previo a abrazar al joven.
Entonces, ¿se puede decidir ser o no ser trans?
«La identidad de género no se decide, sólo se expresa, y no se les deja en la indefensión si se les respeta el género, todo lo contrario, no acompañarles y no reafirmar esto que nos están diciendo les deja en la indefensión, la indefensión es cuando no tienen documentos de identidad como un acta de nacimiento que le da acceso a sus escuelas, respetándoles su género», dijo Morales.
El Frente Nacional por la Familia ha reiterado que al tratarse de menores, no se les debería permitir «cambiar de género» y que incluso, llegando a la pubertad «se podrían arrepentir».
«Se conoce de un mínimo-micro porcentaje de personas que después de haber vivido en su género o vivido como personas trans, deciden que siempre no quieren continuar en ése camino, eso no implica que se hayan arrepentido de su identidad de género, muchas veces eso tiene que ver con las presiones sociales y familiares en torno a la diferencia de su género, entonces es falso«.
“Algo bien importante es esclarecer que la identidad de género no tiene que ir ligada a una modificación corporal, eso es importantísimo partir de ahí, en otros países esto va ligado, es decir, no puedes obtener un acta de nacimiento si no tienes cierto tiempo en hormonas y además el concepto es llegar a una idea de cuerpo que está planteado por la gente cisgénero y no por las personas trans”.
“Hay múltiples posibilidades de la experiencia trans y lo que menos queremos desde la asociación y las familias es intentar hacer un molde para que encajen nuestras hijas e hijos, pues no, es lo que menos queremos, queremos romper los moldes para que florezcan como son”.
Para Gutiérrez, es importante recordar que las personas cambiamos con el tiempo y la expresión de género, seas trans o cisgénero, nunca es estática.
“Debemos de dejar de concebir que el género es estático y que porque yo transicioné y soy un hombre trans ahorita toda la vida voy a hacer un hombre trans y toda la vida voy a tener la misma expresión de género y toda la voy a ser la misma persona cuando todas las personas cambiamos”.
Para la Asociación por las Infancias Trans, el legislar a favor de ellas y ellos es vital, ya que de otra forma no se reconoce su existencia.
“Si no, es como si no existieras. Las personas no ven lo indispensable que es un acta de nacimiento para las infancias trans, porque si no, no se les va a respetar en ningún lugar, aunque deberían”, añadió Gutiérrez.
Entonces, ¿qué busca la Ley de Infancias Trans?
- Por medio de un trámite administrativo y entrevista al niño o a la niña, se le brindará el consentimiento informado a la niña, niño o adolescente.
- Cuando la niña o niño es mayor de 11 años, sólo se requerirá de una de las personas que ejercen patria potestad o tutela; antes de los 11 años, ambos progenitores o tutores deberán asistir.
- No es necesario tener un tratamiento hormonal o quirúrgico para reconocer la identidad de género de la niña o niño.
(actualización 30 de marzo 2022)
El 27 de agosto de 2021, el Gobierno de la Ciudad de México emitió un decreto que permite a los adolescentes con al menos 12 años cumplidos modificar la identidad de género en su acta de nacimiento mediante un proceso administrativo.
Entre la documentación necesaria para el trámite, se estableció una “autorización escrita del padre, madre o tutor que la persona adolescente determine para que le acompañe durante el procedimiento”.
En el caso de padres o madres no presentes, se deberá manifestar bajo protesta de decir la verdad que dicha persona está ausente, desaparecida o que no han tenido noticias suyas.
Por otro lado, el pasado 3 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.
Los Ministros y Ministras sostuvieron que la norma vulneraba el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.
Yasmín Esquivel Mossa, ministra ponente, propuso en su proyecto que el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el principio de igualdad y no discriminación protegen a cualquier persona, sin importar su edad, por lo que las restricciones que contenía el artículo invalidado son contrarias a la Constitución y a los convenios internacionales en materia de derechos humanos.
Por su parte, el presidente de la Suprema Corte, Arturo Saldívar, declaró que «para muchos, la identidad de género es una experiencia tan sencilla como respirar, para las personas trans, en cambio, ser ellas mismas representa un desafío mayúsculo.
Por un lado, al ser personas trans forman parte de una minoría históricamente invisibilizada, estigmatizada y víctima de discriminación estructural, debido a que sus expresiones, identidades y cuerpos no se ajustan al orden social imperante».
Con esta decisión la Suprema Corte reafirmó que las infancias y adolescencias trans saben quiénes son y comprenden su lugar en el mundo; que no son homogéneas, son diversas y construyen su identidad independientemente de cualquier tratamiento médico o norma legal.
Puesto que la identidad de género de las niñas, niños y niñes trans es tan válida como cualquier otra, por lo que debe tener la misma protección constitucional.
LINKS/FUENTES:
https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/091771983997a7b58875142bd6d8d889.pdf
https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6791
https://www.youtube.com/watch?v=icjUWT7otVE
https://twitter.com/ArturoZaldivarL/status/1499548069846822916?s=20&t=8cGwi6_8WgzKXU3v1qGJeg