Las desapariciones tienen permiso: 99.96% de impunidad en la materia

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Verdad y Justicia

Por Séverine Durin

El 21 de diciembre de 2010, las Naciones Unidas declararon al 30 de agosto día internacional de las víctimas de desapariciones forzadas, antes llamado día del detenido-desaparecido, en referencia a las personas que fueron detenidas por su orientación política y desaparecidas por las juntas militares latinoamericanas.

Hoy en día, a los regímenes políticos de la región se les consideran democráticos, y las desapariciones parecen obedecer a lógicas distintas. En México, las desapariciones forzadas de la Guerra Sucia fueron cometidas por agentes del Estado en pro de su represión, y a partir del sexenio de Felipe Calderón lo fueron en el contexto de la militarización de la seguridad pública, so pretexto de combatir al crimen organizado.

Con la imagen del “narco” en mente, se suele concebir al crimen organizado como un grupo de grandes delincuentes, desalmados, empistolados y rodeados de mujeres hermosas. Esta representación social del crimen organizado contribuye a que se considere a sus integrantes como actores privados, y que si privan de su libertad a una persona y ocultar su paradero, su acción no es producto de una autoridad, sino de un particular, un criminal, una persona con un comportamiento anti-social. No se consideran a las relaciones en las cuales se ven inmersos y autorizan que actúen de esta manera.

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El imaginario del narco

Es probablemente por ello que se piensa que a las más de noventa y un mil personas desaparecidas en México, no las desaparecieron autoridades, a diferencia de la Guerra Sucia y las dictaduras latinoamericanas, sino particulares.

Tan es así que en el marco legal vigente desde 2017, se diferencia a la desaparición forzada de personas de la desaparición cometida por particulares (1); destaca que el marco legal internacional (1993) incluye situaciones en que “particulares actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad”.(2)

Cuando se preparó y propugnó por la aprobación de este marco legal en 2017, era fundamental contar con un instrumento que permitiera sentar las bases para la instalación del sistema nacional de búsqueda; era urgente avanzar.

En mi experiencia, tras once años de acompañar a víctimas de desaparición en Nuevo León, primero como integrante del Consejo Directivo de CADHAC (2012-2019) y acompañante del colectivo AMORES, ahora de los familiares de Mayela Álvarez, me resulta evidente que todas las desapariciones en México son forzadas. ¿Por qué?

Porque el llamado crimen organizado sólo puede funcionar con la participación de funcionarios públicos, y en palabras del politólogo Carlos Flores “la delincuencia organizada es una amplia red de corrupción gubernamental para la operación perdurable del grupo delictivo, que integra delincuentes convencionales encargados de desarrollar la actividad ilícita, políticos de alto nivel que seleccionan a los responsables de las instituciones de seguridad pública, así como integrantes de estas corporaciones, encargados de subordinar y disciplinar a los actores delictivos”. (3)

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Foto: Salomé Fuentes

La realidad detrás de la impunidad: la corrupción

Traducido al estilo 4T, la corrupción permite que el crimen ande a sus anchas, y entre otras prácticas deleznables, que se desaparezcan a personas. A este cáncer que carcomía a México, sus habitantes lo reconocen como un factor clave para entender la lamentable desconfianza en las autoridades, la altísima cifra negra, la inseguridad y la impunidad imperantes.

Y la impunidad en materia de desaparición de personas en México es absoluta. Es tan insólita como escandalosa. Hace días, en una entrevista que dio Lorenzo Encinas, el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la SEGOB, declaró que en el país se dictaron tan solo 35 sentencias condenatorias en materia de desaparición de personas. Esta es una verdad dolorosa en un país con 91,299 personas desaparecidas (28/08/2021, Comisión Nacional de Búsqueda), lo cual equivale a una tasa de impunidad de 99.96%.(4)

Y Nuevo León no es la excepción a la regla, por más que la sociedad civil organizada haya colaborado con las autoridades de la Procuraduría de Justicia del gobierno de Rodrigo Medina (2009-2015) para empujar la búsqueda de sus seres queridos, haya impulsado la tipificación del delito de desaparición forzada en el código penal (2012) así como la declaración de ausencia, y haya sido creada una Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas (2015). Con una sola sentencia condenatoria por 5,565 personas desaparecidas, el 99.98% de las desapariciones están impunes.

El resultado de la impunidad es un acto de comunicación. Se enuncia que es posible desaparecer a una persona, y a quien (o quienes) la desaparecieron no le pasará nada. Este es el mensaje que se nos está enviando desde hace años:

Se tiene permiso de desaparecer a personas

El principal responsable de investigar a las desapariciones son las fiscalías, y si bien son autónomas, forman parte del aparato de Estado. Si las fiscalías, a través de sus policías ministeriales y agentes del ministerio público, no consiguen allegar pruebas y aprehender a las personas responsables de estas desapariciones, para su procesamiento, está diciendo a la ciudadanía que se permite desaparecer a personas.

En conclusión: mientras no se investigue correctamente a las redes delincuenciales y a las complicidades que permiten su funcionamiento, se seguirán desapareciendo a personas. Hasta que no haya un contrapeso a la delincuencia organizada por la vía judicial, ésta seguirá reinando, imponiendo sus prácticas, y existirá un permiso para desaparecernos.

Y es por eso que todas las desapariciones han de considerarse forzadas. Lo son por aquiescencia del Estado, un aparato de Estado carcomido.

  1. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDFP_200521.pdf
  2. La declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas establece que se producen desapariciones forzadas siempre que «se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley» https://undocs.org/es/A/RES/47/133
  3. Carlos Flores (2013), Historias de polvo y sangre. Génesis y evolución del tráfico de drogas en el estado de Tamaulipas, CIESAS, México.
  4. Esta tasa es aún más elevada que el promedio nacional para el conjunto de los delitos; alcanzó 92.4% en 2019 (México Evalúa, 2020) https://www.mexicoevalua.org/mexicoevalua/wp-content/uploads/2020/10/hallazgos2019-27oct.pdf

Severine Durin
Séverine Durin es Maestra en Economía y en Estudios Latinoamericanos, y doctora en Antropología. Se desempeña como profesora-investigadora en el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS); es miembro del Sistema Nacional de Investigadores y de la Academia Mexicana de Ciencias. Mediante sus investigaciones sobre indígenas en Monterrey, trabajadoras del hogar, y desplazamiento forzado, pugna por una sociedad más justa, menos desigual, que valore la diversidad de formas de ser. Su deseo más profundo es que la “verdad y justicia” se hagan realidad.

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