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Por Debanhi Soto
En redes sociales circula una imagen en la que se detallan algunos supuestos lineamientos de la iniciativa de la Ley de Ciberseguridad, entre los que destacan: sanciones para quienes publiquen material gráfico en contra del gobierno y eliminar sitios web de manera arbitraria. Sin embargo, esta información es falsa.
Incluso como parte de la desinformación, una publicación en TikTok afirma que Claudia Sheinbaum, presidenta electa propone crear una ley de ciberseguridad que limite el uso de internet y permita encarcelar a personas que se manifesten en contra del gobierno.
Las publibaciones en redes, retoman la iniciativa de ley de Ciberseguridad, presentada el 25 de abril de 2023 por el diputado del Partido Verde, Javier Joaquín López Casarín, en la cual sí se consideraba la creación de una Agencia Nacional de Ciberseguridad que sería competente para solicitar la baja inmediata de direcciones IP, aplicaciones, dominios y sitios de internet a través de los cuales se realicen conductas ilícitas.
Asimismo, en esta iniciativa de ley se explica que se sancionará a quienes creen y compartan material digital que incite al odio, al terrorismo o constituya discriminación. Es decir aquellas publicaciones que transgreden el derecho a la libertad de expresión.
Sin embargo, el proyecto de Ley de Ciberseguridad fue ampliamente criticado por organizaciones civiles como la Red en Defensa de los Derechos Digitales ya que se consideró que amenazaba los derechos humanos y promovía la censura y la militarización.
El 13 de marzo de 2024, el diputado Javier López Casarín retiró la iniciativa y aunque indicó que se reformularía, en el archivo de la Cámara de Diputados el proyecto permanece con estatus de retirado.
La nueva iniciativa de Ley de Ciberseguridad
Por otro lado, en el Senado de la República, los morenistas Sergio “Checo” Pérez Flores y Rafael Espino de la Peña, expusieron el 14 de febrero de 2024 una propuesta distinta de Ley de Ciberseguridad.
El proyecto de ley tiene como objetivo “regular las acciones que protejan el patrimonio y las funciones de las instituciones del Estado Mexicano de cualquier ataque cibernético, o, así como tipificar conductas que tutelen el patrimonio de los usuarios de los sistemas informáticos, electrónicos y telemáticos, así como la libertad, integridad y formación sexuales de niñas, niños y adolescentes, entre otros bienes jurídicos”.
La iniciativa de Pérez Flores y Espino de la Peña aún no es aprobada por la Comisión de Derechos Digitales del Senado, pero debido a que su estatus es “pendiente” y no “retirada” se podría determinar que este es el proyecto vigente al referirse a una Ley de Ciberseguridad.
De acuerdo a la imagen que circula por redes sociales, asegura que la iniciativa pretende crear una agencia nacional de ciberseguridad que podría dar de baja aplicaciones, dominios y sitios web o direcciones IP, pero, al buscar las palabras clave “Agencia Nacional de Ciberseguridad” dentro del texto de esta ley, no hay concordancias.
Sin embargo, el proyecto sí propone crear una Comisión Nacional de Ciberseguridad la cual tendrá otras responsabilidades distintas a las que detalla la publicación de redes sociales. Sus tareas serán:
- Formular políticas públicas, programas y estrategias en materia de ciberseguridad
- Promover políticas de coordinación con la Fiscalía General de la República y las fiscalías estatales, con el Poder Judicial de la Federación y los poderes judiciales estatales así como con otras instancias de seguridad pública local.
- Impulsar programas de capacitación en materia de ciberseguridad.
- Aprobar los lineamientos de ciberseguridad y administración de riesgos, así como los programas de prevención de los delitos en contra de las infraestructuras críticas de la información.
Además, en el Artículo 10 de la ley de Ciberseguridad se propone la creación de un Área de Inteligencia en materia de Ciberseguridad cuyo propósito será recopilar y analizar información relacionada con ciberseguridad buscando prevenir delitos cibernéticos. Nuevamente, no se menciona que tenga competencia para eliminar direcciones IP o sitios web de manera arbitraria.
En la imagen viralizada redes sociales se advierte también del supuesto artículo 78 de la iniciativa el cual propone sanciones de 6 años de cárcel a quienes creen material gráfico o videográfico en contra del Gobierno Federal.
“Artículo 78: Al que describa, diseñe o grabe cualquier tipo de material digital, auditivo, fotográfico o video gráfico con el propósito de que sea exhibido, publicado o compartido a través de redes en contra del Gobierno será castigado con 6 años de cárcel” (sic) indica la imagen de redes sociales.
No obstante, en la iniciativa solo hay 67 artículos y en ninguno de ellos se implican sanciones para delitos cibernéticos ya que el proyecto explica en su Artículo 3 que dependerá de la normatividad secundaria determinar los mecanismos y procedimientos sancionatorios.
Conclusión
La imagen que circula por redes sociales y que advierte sobre supuestas medidas sancionatorias contra usuarios opositores al gobierno federal, está descontextualizando los artículos de una iniciativa de ley que al día hoy, no está vigente.
El proyecto de Ley de Ciberseguridad actual no incluye la creación de una Agencia Nacional de Ciberseguridad ni tiene más de 78 artículos como indica la publicación viral.
