Puebla: Un paso antes del autoritarismo

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Entre Periodistas

Por Andrés A. Solis*

El pasado viernes, la mayoría del Partido Movimiento de Regeneración Nacional en el Congreso del Estado de Puebla aprobó una reforma al Código Penal del Estado para incluir un tipo penal, el delito de “Ciberasedio”.

Así quedó:

Artículo 480.- Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.

A la persona responsable de la conducta descrita en el párrafo anterior se le impondrá la pena de once meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito.

Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima”.

Las reacciones no se hicieron esperar y las acusaciones de censura previa y de criminalizar el derecho a la libertad de expresión se acompañaron de llamados de alerta ante una soterrada intención de intimidar y acosar (qué paradoja) a la prensa crítica.

El absurdo vino el mismo fin de semana, cuando el propio gobernador poblano, Alejandro Armenta, envió una carta al Congreso del Estado para pedir que se abran foros de discusión, lo que debió darse antes, pero no, es el estilo de gobernar en Puebla, tan similar al de Manuel Bartlett, Mario Marín, Rafael Moreno Valle o Luis Miguel Barbosa, muy recordados por su autoritarismo.

Pero hay que precisar dos cosas:

1.- La libertad de expresión como derecho humano tiene límites y se encuentran en el goce de todos los demás derechos, de tal forma que expresar nuestras ideas y opiniones no puede ni debe ser pretexto para ofender, descalificar, discriminar o acusar en falso a nadie.

2.- Todas las personas tienen derecho a cuidarse, proteger y defenderse de quienes desde los medios de información utilizar el poder de la imprenta, las cámaras y micrófonos o los megabytes, para ofender, descalificar, discriminar o acusar en falso.

Pero no puede ser a través de los tipos penales y la criminalización como se previene la violencia digital, que es un tema que afecta a cualquier persona en cualquier parte del mundo.

Si el ex gobernador Barbosa siguiera vivo, con seguridad sería uno de los primeros en ser acusado de este delito. Y váyanle diciendo al senador Gerardo Fernández Noroña o a la ministra Lenia Batres Guadarrama, que cuando vayan a Puebla, ni se les ocurra criticar a nadie por redes sociodigitales, porque les aplican el delito de “ciberasedio”, inventado por su brillante compañero de partido.


andres a solis alvarez

*Periodista, autor del “Manual de Autoprotección para Periodistas” y de la “Guía de buenas prácticas para la cobertura informativa sobre violencia”. Integrante del Consejo Consultivo del Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación. Conduce el programa “Expedientes MN”, que se transmite los viernes a las 18:10 hrs., por la cadena de Meganoticias

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