Engañoso que hace 11 años Ley Federal obligó a regular el Parque Nacional Cumbres

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Por: Paola Treviño

La candidata a gobernadora en Nuevo León por Morena, Partido del Trabajo, Verde Ecologista y Nueva Alianza, Clara Luz Flores Carrales, aseguró que en el 2010 una legislación a nivel país hizo que el gobierno estatal tuviera que involucrarse con el Parque Nacional Cumbres, pero no lo ha cumplido, información que es parcialmente cierta.

“Hace 11 años hubo una ley federal que obligó a que los estados y que este estado regulara nuestro Parque Nacional Cumbres y hasta hoy no se ha hecho nada”, mencionó el 30 de marzo de 2021, la abanderada por la coalición “Juntos Haremos Historia”, a través de un video publicado en sus redes sociales.

El periodo indicado por Flores Carrales correspondería al 2010, sin embargo, ese año no se creó una normatividad nueva, sino que solo se reformó en dos ocasiones la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

El artículo 7 de dicha ley señala que a los estados les corresponde la regulación de actividades que no sean altamente riesgosas al ambiente.

Así como también se menciona que deben establecer, regular, administrar y vigilar las áreas naturales protegidas, con la participación de los gobiernos municipales, entre otras cosas.

Sin embargo, dicha Ley fue publicada en el Diario de la Federación el 28 de enero de 1988, hace 33 años.

De acuerdo con la página oficial de la Cámara de Diputados, las reformas en 2010 fueron respecto a definir los recursos genéticos y en considerar que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) podría pedir a su similar de Economía que impusiera restricciones para la preservación de las especies.

Lo que sí se emitió en 2010 fue la NOM-059-SEMARNAT-2010 (norma oficial mexicana), que “tiene por objeto identificar las especies o poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana, mediante la integración de las listas correspondientes, así como establecer los criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies o poblaciones”.

Dicha disposición es obligatoria tanto para el gobierno federal como para el de las entidades federativas, por lo cual, también en cuanto al Parque Nacional Cumbres.

Por lo antes explicado, la frase de Clara Luz Flores se cataloga como engañosa.

 

 

*Fuentes:

 

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