Verdadero: Lenia Batres sí votó en contra de la declaratoria que obliga al IMSS a proveer prótesis a infancias

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EN CORTO

  • La ministra Lenia Batres votó en contra de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025, aunque desinformó al afirmar en sus redes sociales que no había votado en contra.
  • La discusión de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 se centró en el artículo 42, fracción II del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, que establece que el Seguro de Enfermedades y Maternidad no cubre anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos e implantes cocleares, prótesis y órtesis externas
  • Si bien, la medida se aprobó en la sesión del 28 de abril con siete votos a favor, el voto en contra de Lenia Batres quedó documentado en la versión estenográfica de la discusión.
  • El caso se originó en un amparo por un menor con hipoacusia en Baja California y derivó en que la SCJN promoviera la declaratoria para dejar inaplicable esa fracción del Reglamento del IMSS; tras su aprobación, la institución debe proveer esos insumos.

Por Debanhi Soto

Después de que la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Lenia Batres votó en contra de una declaración que obligaría al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a cubrir la entrega de lentes, aparatos auditivos y prótesis hubo críticas y confusión sobre lo que se habría votado. 

El debate surgió de la sesión de la Corte del 28 de abril de 2026 en el que se discutió la Declaratoria General de Inconstitucionalidad respecto al Artículo 42, Fracción II del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS. 

De manera general ese artículo menciona que “El Seguro de Enfermedades y Maternidad y los servicios médicos institucionales no cubren dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos e implantes cocleares, prótesis y órtesis externas”.

En parte, la confusión aumentó después de que la ministra votó en contra y se difundió en los medios de comunicación, por lo que Lenia Batres publicó un mensaje en sus cuentas de redes sociales afirmando que es falso que se haya opuesto a que niños, niñas y adolescentes obtengan prótesis o lentes. 

Captura de pantalla de Lenia Batres sobre su decisión con respecto a la Declaración General de Inconstitucionalidad 13/2025
Captura de pantalla de Lenia Batres sobre su decisión con respecto a la Declaración General de Inconstitucionalidad 13/2025

Lenia Batres también publicó un video en el que explicaba su sentido del voto en la sesión del 28 de abril de 2026 afirmando que votar a favor de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 era ilógico, injusto e irrealizable para el IMSS. Actualmente esa grabación ya no está disponible en sus redes sociales.

Si bien la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 fue aprobada con siete votos a favor, en la versión estenográfica de la sesión del 28 de abril de 2026 se documenta que la ministra Batres Guadarrama sí votó en contra del dictamen.

 ¿Qué decía la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 que votó la SCJN sobre el IMSS?

La discusión surgió de la declaratoria general de inconstitucionalidad 13/2025 promovida por la ministra María Estela Ríos González y solicitada por la Segunda Sala de la anterior administración de la SCJN tras un expediente de amparo surgido contra el IMSS.

DECLARATORIA GENERAL DEINCONSTITUCIONALIDAD 13/2025

Los hechos documentados en el expediente de amparo en revisión 393/2023 narran que en 2015 en Baja California nació un infante con hipoacusia, una discapacidad auditiva que podría tratarse con un implante coclear. Sin embargo, el hospital IMSS en el que se estaba tratando el niño, dijo a la madre que la institución no proporciona implantes cocleares a nivel nacional.

La negativa del IMSS no fue arbitraria sino que estaba fundamentada en el Artículo 42, fracción II del Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) donde se expone que los afiliados al Seguro de Enfermedades y Maternidad del IMSS no están cubiertos en caso de necesitar anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.

Artículo 42 del Reglamento del IMSS
Artículo 42 del Reglamento del IMSS

Ante la negativa del IMSS, los padres del niño promovieron un juicio de amparo que se resolvió el  6 de julio de 2022 cuando el Poder Judicial falló para que el menor recibiera una cirugía de colocación de implante coclear bilateral en un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Pero, el Jefe Delegacional de Prestaciones Médicas del IMSS en Baja California interpuso un recurso de revisión; por lo que la SCJN declaró inconstitucional el artículo 42, fracción II del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS considerando que se debe priorizar el interés superior de la niñez y garantizar el acceso a la salud de los menores con discapacidad.

El 3 de julio de 2025, la SCJN admitió a trámite (con el número 13/2025) la solicitud de Declaratoria General de Inconstitucionalidad para que se deje inaplicable la fracción II del Artículo 42 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS y que se incluya en el seguro de enfermedades y maternidad los aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y ortesis externas. 

Esta declaratoria general de inconstitucionalidad fue la que se discutió en la sesión del 28 de abril y se aprobó por lo que a partir de ahora, las autoridades del IMSS deben proveer anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, prótesis y ortesis externas.


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