Fiscalía de San Luis Potosí detiene a periodistas por “delitos contra la identidad digital”

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Por Debanhi Soto

El 21 de mayo de 2026, autoridades del estado de San Luis Potosí detuvieron a Christian Herrera, creador de contenido en la página de Facebook “San Luis Potosí Código Rojo”, Eréndira Reyes Aguillón, directora del medio “San Wicho Times” y Alejandra Hermosillo, comunicadora digital y funcionaria pública de la capital del estado. 

Las detenciones de Reyes Aguillón y Hermosillo ocurrieron por el presunto delito contra la identidad de las personas, figura jurídica que sanciona el uso de inteligencia artificial para manipular imágenes e identidades digitales. Este tipo penal, incorporado recientemente a la legislación potosina, generó cuestionamientos sobre si su aplicación busca silenciar voces críticas.

Artículo 19, organización internacional defensora de la libertad de prensa, señaló que desconoce si la detención de Christian Herrera responde al mismo tipo penal. Sin embargo, el medio que dirigía informó que su arresto ocurrió de forma violenta y estaría vinculado con las críticas que el periodista había dirigido al gobernador Ricardo Gallardo Cardona. 

La organización también confirmó que se han emitido órdenes de aprehensión contra al menos ocho personas más, entre ellas Anahí Torres González, periodista y directora de Anahí Torres 360 y Potosilandia.»

El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés) informó en un comunicado que Hermosillo y Reyes Aguillón se encuentran recluidas en el penal estatal La Pila, acusadas de delitos contra la identidad digital de una víctima no identificada. La organización calificó los arrestos como una forma de represión contra la prensa crítica.

“Encarcelar a periodistas bajo cargos vagos de ‘uso ilegal de IA’ es una escalada clara del ya pronunciado aumento en casos de acoso judicial contra periodistas en México, que sigue siendo el país más peligroso para los periodistas en el hemisferio occidental”, afirmó Jan-Albert Hootsen, representante del CPJ en México.

La ley IA en San Luis Potosí

En noviembre de 2025, el Congreso Estatal de San Luis Potosí aprobó agregar al Código Penal del estado el artículo 187 TER y un capítulo nuevo titulado “Uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”. 

La propuesta de reforma tuvo como antecedente directo un caso en Zacatecas, donde 400 estudiantes de secundaria fueron víctimas de violencia digital a través de deepfakes, imágenes hiperrealistas de contenido sexual generadas mediante inteligencia artificial. Con ese precedente, San Luis Potosí planteó una legislación orientada a regular esta tecnología y prevenir su uso como instrumento para vulnerar la imagen e integridad de las personas.

En el artículo 187 TER del Código Penal se establece que “comete el delito quien, sin consentimiento previo, expreso, específico e informado de la persona a la que corresponda la imagen, la voz o la identidad digital, utilice sistemas de inteligencia artificial o programas automatizados para crear, reproducir, modificar, manipular o difundir contenidos que simulen la apariencia, la voz, los gestos o la identidad de una persona real”.

De acuerdo al Código Penal, por este delito se imponen penas de uno a tres años de prisión y multa de cien a trescientas Unidades de Medida Actualizadas, aunque la pena puede aumentar si el contenido difundido daña el honor, la reputación o la vida privada de la persona. 

También se adicionó el artículo 272 ter, que dicta: “comete el delito quien, a sabiendas de su falsedad y con la finalidad directa de alterar la confianza pública en las instituciones o poner en riesgo verificable la seguridad del Estado, genere, modifique o difunda, mediante sistemas de inteligencia artificial, contenidos digitales que simulen de manera verosímil declaraciones, comunicados o actuaciones de autoridades, instituciones públicas o cuerpos de seguridad”.

Para este delito se aprobaron sanciones de tres a seis años en prisión y multas de 300 a 600 UMAs.

El artículo 272 bis, además, establece que quien genere alarma pública o altere la paz social mediante el uso de sistemas de inteligencia artificial, contenidos falsos o manipulados que se presenten como reales y que produzcan un riesgo a la paz pública, será sancionado con dos a cinco años de prisión y multa de 200 a 400 UMAs.

En el texto legal se especifica que no constituye delito la generación o difusión de contenidos con fines periodísticos, académicos, artísticos, de parodia o de crítica política mientras no se acredite el “dolo de alterar la confianza pública en las instituciones”.

Pero defensores de derechos humanos y de la libertad de expresión señalan que figuras como «alarma pública», «paz social» o «seguridad del Estado» resultan jurídicamente imprecisas y susceptibles de interpretación arbitraria, lo que podría convertir la ley en un instrumento de censura contra la disidencia.

«La discusión sobre inteligencia artificial, manipulación digital y protección de derechos debe realizarse desde una perspectiva democrática, técnica y respetuosa de los derechos humanos. Regular tecnologías emergentes no puede servir como pretexto para debilitar libertades fundamentales ni para ampliar facultades punitivas incompatibles con una sociedad democrática. Hoy más que nunca, San Luis Potosí necesita instituciones que protejan el debate público, no que lo criminalicen», puntualizan 12 organizaciones firmantes de una carta pública dirigida al Congreso del Estado, al Poder Judicial y a la Fiscalía General de San Luis Potosí.

Desde el 15 de noviembre de 2025, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) expuso que, incluso si se incluyen estas cláusulas de exclusión, se podría terminar exigiendo a periodistas, personas defensoras de derechos humanos, académicas o usuarios de redes sociales que demuestren para qué hicieron una expresión y así validar sus comentarios al margen de la ley. 

Pronunciamiento de la CNDH sobre la Ley IA en San Luis Potosí
Pronunciamiento de la CNDH sobre la Ley IA en San Luis Potosí

Ante la publicación de la ley, Artículo 19 advirtió que, pese a las excepciones incluidas en el texto, la norma sienta las bases para la censura. 

Aunque el texto incluye excepciones para actividades periodísticas, artísticas o de crítica política, su ambigüedad deja un margen peligroso para la interpretación discrecional, lo que podría derivar en censura de contenidos incómodos, críticas al poder o manifestaciones culturales que utilicen herramientas digitales”, advirtió en el comunicado emitido el 14 de noviembre. 

El estatus de los periodistas detenidos

De acuerdo al Registro Nacional de Detenciones consultado por el CPJ y colegas de los comunicadores, Eréndira Reyes Aguillón, Alejandra Hermosillo y Christian Herrera se encuentran confinados en el Centro Estatal de Reinserción Social 1 La Pila, ubicado en la periferia de San Luis Potosí.

San Luis Potosí Código Rojo, página de Facebook que administraba Christian Herrera desde Ciudad Valles (municipio ubicado a unos 300 kilómetros de la capital de San Luis Potosí), difundió que el periodista fue detenido presuntamente de manera violenta por miembros de la Fiscalía General del Estado y trasladado al Penal La Pila 1.

En cuanto al medio de comunicación dirigido por Eréndira Reyes, no hay posicionamientos públicos de San Wicho Times sobre el estado de la periodista, aunque sí publicaron una imagen relacionada con la falta de libertad de expresión que vive el estado. 

Imagen publicada por San Wicho Times al respecto de la detención de Eréndira
Imagen publicada por San Wicho Times al respecto de la detención de Eréndira Reyes

Hasta el cierre de edición, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí no ha emitido pronunciamiento alguno sobre los hechos. La única fuente oficial es un comunicado de la Fiscalía General del Estado en el que se informa la detención de dos mujeres por «manipulación ilícita de imagen e identidad digital», presuntamente Eréndira Reyes y Alejandra Hermosillo, sin que exista información adicional sobre su situación jurídica.

El Mecanismo Estatal de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de San Luis Potosí, adscrito a la Secretaría General de Gobierno, respondió que daría seguimiento a la situación, pero que “no se cuenta con elementos para considerar que los presuntos actos cometidos se hayan realizado en el contexto de un ejercicio periodístico”.

Aumenta acoso judicial contra periodistas en México 

Los arrestos de Reyes, Hermosillo y Herrera no son un caso aislado. Artículo 19 ya había advertido sobre el uso sistemático de herramientas legales para hostigar y silenciar a la prensa en México, una práctica que la organización denomina acoso judicial.

“La violencia contra la prensa ya no se limita a agresiones físicas o amenazas: ahora se traslada a los tribunales mediante demandas, denuncias y procedimientos administrativos o electorales”, señala Artículo 19.

Según un informe de la organización, entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2025 se documentaron 51 casos de procesos legales contra periodistas y medios de comunicación, es decir, uno cada cuatro días.

Andrés Solís, autor del Manual de Autoprotección para Periodistas y colaborador de Verificado MX, coincide en que existe una campaña desde el poder político en San Luis Potosí para abrir carpetas de investigación contra periodistas que resultan incómodos al gobernador. 


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