Compras públicas y COVID-19, ¿a dónde vamos?

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Por Luis Darío Ángeles González*

Una pandemia como la que estamos enfrentando por el virus SARS-CoV-2 (causante de la enfermedad COVID-19) excede a cualquier planeación estratégica que se haya realizado en estos tiempos.

Como consecuencia de esta, públicos y privados habrán de reformular, si no sus objetivos, cuando menos las herramientas para lograrlos.

También, gracias a la observación de fallas evidenciadas en el marco de la pandemia, habrá que priorizar la atención de las áreas de oportunidad.

Específicamente hago referencia al ámbito público, en las compras que realiza el Gobierno, y más las compras realizadas en la emergencia sanitaria.

En medio de una pandemia, sin duda, se exige que el Gobierno compre bienes de forma rápida para hacer frente a la situación. Aunque ello es legal (artículo 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León), dista de ser ideal en el ejercicio del gasto público pues las adjudicaciones directas (compras sin llevar a cabo licitaciones públicas) abren la oportunidad de elevar los costos de adquisición o favorecer a empresas que no necesariamente ofrecen las mejores condiciones en el mercado.

Al revisar el gasto público de Nuevo León, “Emergencia con Transparencia” ha pasado de calificar al Gobierno estatal con 33/100 a calificarlo con 75/100, siendo 100 la mejor calificación, lo que sin duda nos habla de áreas de oportunidad.

Si queremos cumplir con el Plan Estratégico para el Estado de Nuevo León 2015-2030, que establece como aspiración el “Asegurar la integridad, honestidad y el buen desempeño en el servicio público a través de un sistema de rendición de cuentas eficaz y transparente.”, de lo que hemos podido observar, la nueva normalidad exigirá cuando menos los siguientes cambios en los procesos de compras públicas:

  1. Actualizar de forma urgente el procedimiento de contratación pública para hacer realidad que se pueda llevar a cabo en línea en la totalidad de casos (hoy, aunque legalmente se permite, no es la regla general de los procedimientos de contratación).
  2. Flexibilizar procedimientos para atender situaciones de emergencia pero que excluyan los riesgos de las adjudicaciones directas (se podría pensar en procedimientos semejantes a las licitaciones, con plazos reducidos que permitan la participación de interesados y con ello la obtención de mejores ofertas para el Estado).
  3. Fortalecer los mecanismos de participación social en las contrataciones públicas, inclusive para adjudicaciones directas. Reforzar el rol de los testigos sociales en las contrataciones, dando por contado que ello implica, además, dar mejores y mayores capacitaciones a quienes funjan con ese rol.

Sin duda, el tiempo permitirá evaluar qué tan bien se ejerció el gasto en estas condiciones, pero, si queremos cumplir aquella aspiración, no cabe duda que debemos actuar mínimamente en estos aspectos.


Luis Dar

*Abogado especializado en Derecho Administrativo, socio de “Urrutia-Ángeles y Asociados”, profesor de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey e integrante de su Iniciativa de Transparencia y Anticorrupción. Twitter: @LDarioAG

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